El juez no le tirará su casa ilegal pero le mandará siete meses a la cárcel

  • Es un edificio de dos plantas.
  • Está situado en una pedanía murciana.
  • El juez dice que el impacto ambiental de la obra no es significativo.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia se ha negado a ordenar el derribo de una vivienda ilegal, como le había reclamado la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, porque el impacto ambiental de la obra "no es significativo".

La sentencia rechaza igualmente el recurso presentado por el propietario de la construcción, N.P., y confirma la condena de siete meses de cárcel que le impuso el Juzgado de lo Penal número Cinco por un delito contra la ordenación del territorio.

Afirma el tribunal que el Juzgado, en noviembre de 2006, impuso al titular de la vivienda la pena de prisión y multa de doce meses, con una cuota diaria de seis euros, por construir un edificio de dos plantas y porche, con una superficie construida total de poco más de cien metros cuadrados, por haberlo hecho en suelo no urbanizable.

En concreto, el juez recogió en sus hechos probados que el inmueble se había levantado sobre una parcela propiedad de N.P., ubicada en una pedanía de Murcia, que no reunía la condición de tener una superficie mínima de diez tahúllas, equivalentes a 11.180 metros cuadrados.

Ahora, la Sala, al desestimar los recursos de la Fiscalía y del condenado, afirma que la demolición de una obra ilegal no es "un mandato imperativo" impuesto al juez, sino que esta medida queda al arbitrio judicial.

Y añade que "no obstante la denegación por los tribunales de esta medida, la autoridad gubernativa puede acordarla", y, sobre este caso en concreto, comenta que "no reviste una especial gravedad como para merecer la demolición".

El ponente de esta sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia ha sido el magistrado Alvaro Castaño.

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