Un juez reconoce el derecho del personal interino a adherirse al plan de evaluación docente

El Juzgado Contencioso nº4 de Oviedo ha reconocido el derecho del personal interino a adherirse al plan de evaluación docente. La persona recurrente es funcionaria docente interina que acredita más de 2O años de servicios y fue excluida del plan de evaluación docente por el mero hecho de no ser funcionaria de carrera, según ha informado el sindicato ANPE.

El Juzgado Contencioso nº4 de Oviedo ha reconocido el derecho del personal interino a adherirse al plan de evaluación docente. La persona recurrente es funcionaria docente interina que acredita más de 2O años de servicios y fue excluida del plan de evaluación docente por el mero hecho de no ser funcionaria de carrera, según ha informado el sindicato ANPE.

La judicialización del proceso ha sido inevitable, según ANPE, que ha reclamado "no sólo el imperio del sentido común", sino también "el cumplimiento de la normativa europea que establece que 'no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos'.

El sindicato subraya que la misma norma que permitió, en su día, bajo la tutela del letrado Agustín Martín de Diego del servicio jurídico de ANPE, que el colectivo de interinos esté ahora cobrando no sólo trienios, sino también sexenios.

La sentencia determina que "un examen detallado del plan de evaluación de la función docente demuestra bien a las claras que ninguno de sus tres apartados: la formación, la mayor dedicación y la participación en los objetivos del centro, son ajenos al trabajo desarrollado por los funcionarios, sean de carrera o interinos. De modo que no estaría justificado, atendiendo a los tres criterios antes referidos, discriminar a unos y otros funcionarios en virtud de su vinculación, sea indefinida sea temporal".

ANPE considera que "la sentencia era inevitable, por la flagrante discriminación, como reconocían en los pasillos los responsables educativos, y ahora es el momento de que la Consejería acate el mandato judicial y no alargue el proceso, como nos tienen acostumbrados y como se intentó, en vano, en los procesos paralelos de trienios y sexenios".

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