El TSJA rechaza la petición del Ministerio para suspender la cuarta subasta de medicamentos en Andalucía

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado contra un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla que se pronunció a favor del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y denegó la suspensión de la cuarta convocatoria de selección pública de medicamentos a dispensar por las oficinas de farmacia de Andalucía.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado contra un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla que se pronunció a favor del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y denegó la suspensión de la cuarta convocatoria de selección pública de medicamentos a dispensar por las oficinas de farmacia de Andalucía.

Así lo ha dado a conocer este martes el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vázquez, en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Consejo de Gobierno, donde ha destacado que la decisión del TSJA es una "buena noticia para Andalucía" porque "el Ministerio de Sanidad vuelve a llevarse un nuevo varapalo de los tribunales de justicia en su intento permanente de obstruir una medida que supone eficiencia y ahorro en beneficio del sistema público de salud".

El recurso presentado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad solicitaba la nulidad de la resolución de 31 de marzo del director gerente del SAS que convocaba la cuarta selección pública de medicamentos, en la que se incluían 251 principios activos diferentes de 136 subgrupos farmacoterapéuticos diferentes, por entender que "se incurre en flagrante violación de la legalidad e invade competencias estatales".

Según informa la Consejería de Salud en un comunicado, el TSJA establece que el recurso de la Abogacía del Estado "no aclara las razones por las que la Junta de Andalucía incumple con la legalidad" y establece que "la normativa analizada salvaguarda las competencias de las comunidades autónomas para adoptar medidas tendentes a racionalizar la prescripción y utilización de medicamentos y productos sanitarios".

En este sentido, Salud destaca que el pronunciamiento del TSJA subraya que "no se establece sobre este punto una reserva a favor del Estado" e incluso insiste en que el modelo de la Junta de Andalucía responde a "la falta de medidas de homogeneización adoptadas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud".

Por tanto, para el TSJA, "no cabe afirmar que la Junta de Andalucía ha obrado en extralimitación competencial, justamente porque la normativa estatal reserva a las comunidades autónomas competencias en materia de racionalización".

Según Vázquez, la selección pública de medicamentos garantiza "las mismas condiciones de calidad, seguridad, accesibilidad y equidad" para todos los ciudadanos de Andalucía y ha permitido hasta el momento un ahorro de 120 millones de euros "que revierten sobre el sistema público de salud en Andalucía, pionero y referencia en España y que garantiza la universalidad, tiene la cartera de servicios más amplia de todo el país sin privatizaciones, sin recortes de servicios o derechos y sin ningún tipo de copago".

En la misma línea, la Consejería de Salud recuerda que, además de la oferta económica, las empresas que participan en la convocatoria han debido acreditar que tienen capacidad para producir la cantidad requerida para dicho medicamento y su compromiso para garantizar el abastecimiento de manera que se pueda atender la demanda derivada de las prescripciones realizadas. De hecho, la capacidad de producción se ha tenido en cuenta como prioridad en caso de empate.

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