El MAGRAMA publica la lista de beneficiarios de las ayudas complementarias en el sector lácteo

Los beneficiarios tienen un plazo de 10 días hábiles para aportar la información necesaria para cobrar la ayuda
Ganadero con vacas
Ganadero con vacas
UPA
Ganadero con vacas

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) ha publicado en su página web (www.magrama.gob.es), la propuesta de resolución provisional de las ayudas destinadas a compensar las dificultades económicas en el sector lácteo.

La resolución incluye en un anexo la lista de beneficiarios, los cuales tienen un plazo de 10 días hábiles para aportar la información necesaria para cobrar la ayuda, según informa el Gobierno de Cantabria en un comunicado de prensa.

La elaboración de esta resolución se ha realizado de oficio a partir de la información de que dispone el MAGRAMA, en relación tanto a los precios percibidos como a los animales subvencionables de cada ganadero.

Para los ganaderos cuyas liquidaciones por la leche entregada en abril, mayo, junio y julio se hayan situado por debajo de 0,259 euros/kg, el importe de la ayuda será de 300 euros por vaca; y cuando las liquidaciones se hayan situado por debajo de 0,285 euros/kg, la ayuda será de 110 euros por vaca.

En todo caso, para percibir ayuda habrá que estar por debajo de alguno de los dos umbrales durante los cuatro meses de abril a julio de 2015, percibiéndose la ayuda máxima sólo si se ha estado por debajo del primer umbral los cuatro meses de abril a julio 2015.

Los importes asignados a cada ganadero en la relación provisional han sido ajustados de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto que regula las ayudas, al objeto de no sobrepasar el presupuesto global máximo fijado, que asciende a 20 millones de euros.

Plazo para aportar información

Los ganaderos incluidos en la lista publicada dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde este martes, 20 de octubre, para acceder al formulario que se habilitará en la misma página Web del Ministerio, y aportar la información y documentación necesaria para cobrar la ayuda.

Transcurrido este plazo, el acceso al formulario sólo será posible para consultar la información facilitada al sistema. No podrá modificarse ningún dato, ni dar de alta un nuevo registro.

Por tanto, si hubieran transcurrido los diez días hábiles y el interesado no hubiera grabado con éxito sus datos, ni hubiera —dentro de ese plazo— presentado la documentación en ningún Registro o lugar de los previstos en la normativa, quedaría fuera de los potenciales beneficiarios de la ayuda.

Este es un requisito fundamental para poder acceder a la ayuda, sin el cual el beneficiario no podrá cobrarla. Una vez recabados todos los datos, y realizadas las comprobaciones y ajustes necesarios, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicará una resolución definitiva.

En caso de duda, los productores pueden dirigirse a las oficinas comarcales agrarias. El sitio WEB para acceder directamente a toda esta información es http://www.magrama.gob.es/es/ganaderia/temas/produccion-y-mercados-ganaderos/sectores-ganaderos/vacuno-lechero/ayudas/Ayudas.aspx

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