La resolución de Durán sobre tramitación de propuestas de ley entra en vigor este viernes tras su publicación en BOPA

La resolución del presidente del Parlamento, Juan Pablo Durán, sobre la tramitación de las proposiciones de ley presentadas por los grupos ha entrado en vigor este viernes al haber sido publicada en el Boletín Oficial del Parlamento (BOPA).

La resolución del presidente del Parlamento, Juan Pablo Durán, sobre la tramitación de las proposiciones de ley presentadas por los grupos ha entrado en vigor este viernes al haber sido publicada en el Boletín Oficial del Parlamento (BOPA).

La citada resolución, que aumenta los requisitos para la tramitación de las proposiciones de ley de los grupos y que también afecta a los proyectos de ley del Gobierno, fue aprobada el miércoles por la Junta de Portavoces del Parlamento con los votos de PSOE-A y Ciudadanos, mientras que fue rechazada por PP-A, Podemos e IULV-CA.

En la resolución del presidente, consultada por Europa Press en el BOPA y que también se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se indica que los artículos 109.1 y 123 del Reglamento del Parlamento establecen que tanto los proyectos como las proposiciones de ley se presentarán acompañados de una exposición de motivos y de "los antecedentes necesarios" para poder pronunciarse sobre ellos.

Según se indica, esto "no es nada extraño, puesto que, en la línea marcada por el artículo 88 de la Constitución española, todos los reglamentos parlamentarios de nuestro país —Congreso, Senado y parlamentos de comunidades autónomas— se han pronunciado en favor de exigir idéntica obligación para ambos tipos de iniciativas".

En este sentido, en la resolución de Durán se señala que la expresión "antecedentes necesarios" de los artículos 109.1 y 123 del Reglamento del Parlamento comprende al menos la siguiente documentación: exposición de motivos que deberán contener las razones, es decir, los fines y objetivos del cambio normativo, así como glosar sus principales innovaciones, y un "cálculo estimado del coste económico" que supondría su aprobación.

Se apunta que los grupos parlamentarios podrán solicitar las informaciones que precisen de los servicios de la Cámara.

De otro lado, se indica que en los proyectos de ley, el texto de la iniciativa irá acompañado inexcusablemente del correspondiente dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía y que el informe de los Servicios Jurídicos del Parlamento

se realizará, con idéntico contenido, antes de su toma en consideración, en el mismo plazo de quince días concedido al Consejo de Gobierno para que manifieste su criterio o conformidad de acuerdo con lo previsto en el artículo 190.1 del Estatuto de Autonomía.

En una disposición transitoria, se señala que lo dispuesto en la presente resolución será de aplicación a los proyectos y proposiciones de ley que a su entrada en vigor se encuentren pendientes de debate de totalidad o toma en consideración, respectivamente.

La Mesa del Parlamento se reunirá el lunes 5 para volver a votar sobre la tramitación de las proposiciones de ley de PP-A y de Podemos sobre impuestos y sobre cuentas abiertas, respectivamente.

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