Tribunales.- El juez pide un informe sobre si procedía readmitir a Castaño en la Fundación DeSevilla

El instructor abrió una investigación por la actuación del exalcalde Alfredo Sánchez Monteseirín (PSOE) en este reingreso

El juez de Sevilla que investiga la actuación del exalcalde Alfredo Sánchez Monteseirín (PSOE) en la reincorporación del exasesor socialista Domingo Enrique Castaño en la Fundación DeSevilla ha solicitado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que informe sobre la procedencia o no de dicha readmisión.

En un comunicado de prensa, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha informado de que el juez de Instrucción número 14 de Sevilla ha solicitado a la Inspección de Trabajo un informe sobre el contrato realizado en su día a Domingo Enrique Castaño y sobre si, en su día, "procedía o no su readmisión" en la Fundación DeSevilla.

De este modo, y a la vista de la documentación aportada al Juzgado por la Fundación DeSevilla sobre el contrato de Domingo Enrique Castaño, y a petición de la Fiscalía, el juez ha pedido a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social "que señale qué tipo de contrato era el subscrito y las causas de suspensión o cese de la relación laboral que hubiera existido".

Además, el juez quiere saber si, a juicio de la Inspección de Trabajo, "era procedente la readmisión del asesor en los términos en que tuvo lugar, teniendo en cuenta la simultanea existencia de un ERE en la Fundación y la restricción presupuestaria para determinados programas en curso", lo que "supuso que personas de similar categoría fueran despedidas".

El juez, una vez conozca el informe de la Inspección de Trabajo y el criterio de la Fiscalía, única parte personada en la causa, resolverá si imputa algún delito a Domingo Enrique Castaño, si continúa la investigación practicando nuevas diligencias, o si archiva el procedimiento.

Los hechos

El juez decidió abrir diligencias previas tras la providencia de 2 de febrero de 2015 en la que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) advertía de que Sánchez Monteseirín podría haber incurrido en presuntos delitos de tráfico de influencias y prevaricación por su papel en el reingreso de Castaño.

Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía remitió al juez de Guardia de Sevilla testimonio de la sentencia donde ratificaba una sentencia previa del Juzgado de lo Social número 7, que declaró ya procedente el despido del exasesor del grupo socialista del Ayuntamiento hispalense Domingo Enrique Castaño en la citada fundación, sometida a un expediente de regulación de empleo (ERE) a finales del mandato de Sánchez Monteseirín, antes de que el PP desembarcase en la Alcaldía.

En un contexto en el que Monteseirín solicitó al gerente de la fundación la readmisión de Castaño a partir del 1 de junio de 2011, con un salario anual de 35.000 euros, lo que fue llevado a efecto hasta su despido el 5 de octubre de 2011 a manos del Gobierno local del PP, el TSJA considera que "cabe inferir un hacer que podría ser constitutivo de delito" en relación al hecho de que el secretario del patronato de la fundación emitiera un informe en el que consideraba que Castaño inició el disfrute de su excedencia el 16 de septiembre de 2007, excedencia "que le fue tácitamente concedida y que permanecía en ella", todo ello a pesar de que en fechas anteriores la misma fundación denegó su reingreso.

Excedencia "tácita"

Ello, según el TSJA, "supuso o que hubo un despido o que se negaba toda relación laboral con la misma, sin que Castaño hubiera accionado, y sin embargo se le reconoce por la fundación, previo informe de su secretario, que estaba en 'excedencia tácita', figura inexistente en el ordenamiento jurídico".

Además, como señala la sentencia, "pocas fechas después se inicia el ERE de la fundación, no sin que antes el presidente de la fundación, Alfredo Sánchez Monteseirín, ordenase la reincorporación" de Castaño a la fundación, "dando cumplimiento a tal orden el gerente de tal ente instrumental".

Lo cierto es que la sala de lo Social del TSJA dio traslado de la sentencia al juzgado de guardia porque "los hechos relatados pueden ser constitutivos de delito de tráfico de influencias y prevaricación de los que serían presuntos autores el señor Monteseirín, el demandante y recurrente Domingo Enrique Castaño y el secretario del Patronato de la Fundación en diciembre de 2010".

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