Audiencia ordena tomar declaración al equipo de fiscalización de la Cámara de Cuentas y a dos interventores

Acuerda además la aportación a la causa de las "agendas" entre los años 2000 y 2011 de Magdalena Álvarez y otros once imputados

La Audiencia Provincial de Sevilla ha revocado un auto dictado en abril de 2015 en el caso de los ERE irregulares por la juez Mercedes Alaya y ha aceptado la práctica de varias diligencias solicitadas por la Fiscalía Anticorrupción, entre ellas que se tome declaración como testigos-peritos a los integrantes del equipo de fiscalización de la Cámara de Cuentas y a dos ex interventores generales de la Junta.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima estima así el recurso presentado por la Fiscalía y acuerda que se tome declaración a los integrantes del equipo de fiscalización de la Cámara de Cuentas, ya que "la única argumentación" del auto dictado por Alaya para inadmitir esta declaración es que "el informe elaborado por el mismo no lo ha sido en virtud de solicitud de este juzgado, sino dentro de las funciones propias de dicha Cámara, sin perjuicio de los efectos que sus conclusiones hayan podido tener" en la causa.

Por el contrario, el hecho de que una pericia "haya sido elaborada sin haber sido acordada por el órgano jurisdiccional no es en principio razón para no judicializarla como prueba trayéndola al proceso a través de la declaración de los peritos", puesto que la pericia "prueba personal es y solamente de esa forma podría surtir en la causa los efectos aludidos en el inciso final de la argumentación", el cual "a su vez revela la relevancia del contenido de ese informe para el esclarecimiento del conjunto de hechos objeto de la instrucción: apunta, incluso, que sus conclusiones han podido tener efecto ya en la instrucción".

La Sección Séptima, Sala en la que precisamente está destinada actualmente la juez Alaya, afirma que "la pericia extraprocesal incorporada al proceso con ratificación del perito, bajo juramento o promesa y con posibilidad de contradicción por las partes, es un supuesto que se produce diariamente en los tribunales. Piénsese si no, en las asistencias médicas extraprocesales a lesionados en accidentes de circulación convertidas posteriormente en pruebas periciales".

"De hecho, es comúnmente aceptada por el Tribunal Supremo en todos los órdenes siempre que, por supuesto, sean introducidas de forma contradictoria en el proceso —en este caso, además, proviene de un organismo público—", sostiene la Sala, que también ve "pertinente" y "útil" que se tome nueva declaración al ex interventor general de la Junta Manuel Gómez Martínez —ya imputado— y, como testigo, a Rocío Marcos Ortiz, que ostentó el mismo cargo.

Todo ello, añade la Sala en este auto fechado este miércoles, dado su interés para "precisar el concreto alcance que los mismos —en referencia a las memorias de control financiero e informes adicionales elaborados por esa Intervención General— tuvieron, en particular, si derivó en instrucciones concretas al interventor de control financiero permanente y si se mantuvieron reuniones con los centros directivos afectados o con personal de la propia Consejería de Hacienda".

Determinar los presuntos responsables

El objetivo es la "determinación de los presuntos responsables de los hechos que se investigan", argumenta la Audiencia, que también acuerda la aportación a la causa, por ser "de utilidad para la instrucción", de "todas las agendas en el periodo 2000-2011" de 12 imputados de las que la Junta pueda disponer "como cargo, empleado público o contratado externo —Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) de la Junta".

Estos imputados son la exconsejera de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía entre 1994 y 2004 y exministra de Fomento Magdalena Álvarez; el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez; los ex viceconsejeros Agustín Barberá y Justo Mañas; los ex directores generales de Trabajo Francisco Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera; el ex jefe de servicio de Trabajo Antonio Diz-Lois; el ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, el ex diputado Ramón Díaz Alcaraz y la ex asesora de Empleo María José Rofa.

"La práctica de esta diligencia podría ayudar al esclarecimiento de los hechos", pone de manifiesto la Sala, que igualmente admite la diligencia solicitada por la Fiscalía en cuanto a que se libre oficio a la Agencia Tributaria "para que informe del estado actual de la pericia y auxilios jurisdiccionales acordados, en particular, de los informes de delito contra la Hacienda Pública imputados" en la causa.

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Además, acuerda que declaren en la causa hasta seis testigos propuestos por el Ministerio Público, ya que estas testificales "se revelan como pertinentes atendidas las razones expuestas" por la Fiscalía y "no desdichas por la instructora, que ninguna razón da para su rechazo: son personas que ya han declarado" ante la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil "y sus manifestaciones pueden ser de utilidad 'para poder delimitar la participación en los hechos de imputados en la causa, en particular de aquellos que han pertenecido" a IFA/IDEA'".

"Lo mismo cabe decir" en relación con el requerimiento a la Intervención General de la Junta "para que remita, en su caso, los informes relativos a las mercantiles Santana Motor e Hijos de Andrés Molina y al instituto/agencia IFA/IDEA, así como documentación acreditativa de la persona y fecha y que los recibe", dice la Audiencia en su auto.

Y es que, como asevera la Fiscalía, "la incorporación a las actuaciones de dichos informes conllevará una mejor comprensión de los elementos de juicio con los que contaban los altos cargos de la Consejería de Hacienda sobre las posibles irregularidades que se estaban realizando mediante el uso de las transferencias de financiación como medio de financiación de actuaciones que, realmente, eran subvenciones excepcionales o encargos de ejecución".

La Sala, además, ve "útil" la práctica de la diligencia consistente en librar oficio a la UCO para que, "al constar que algunas sociedades beneficiarias de ayudas sociolaborales, realizaron negocios de transmisión de acciones o participaciones o de bienes propiedad de la misma", expongan en sus informes de seguimiento "la existencia o no de negocios realizados por los gestores de la sociedad en el momento de la percepción de las ayudas de transmisión de títulos o bienes que puedan haber generado un beneficio favorecido por el mero hecho de la disminución o supresión de la plantilla".

Esta práctica "tal como se propone, como forma de averiguación del destino dado a fondos presuntamente malversados y su ulterior recuperación, es igualmente útil y necesaria", concluye la Audiencia.

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