Tribunales.- Condenado a cuatro años por atracar a mano armada un banco y llevarse un botín de 14.305 euros

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de cuatro años y medio de cárcel impuesta a un hombre acusado de atracar a mano armada en noviembre de 2013 una sucursal bancaria de 'CaixaBank' ubicada en la avenida Cardenal Bueno Monreal de Sevilla y huir en una motocicleta robada con un botín de 14.305 euros.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de cuatro años y medio de cárcel impuesta a un hombre acusado de atracar a mano armada en noviembre de 2013 una sucursal bancaria de 'CaixaBank' ubicada en la avenida Cardenal Bueno Monreal de Sevilla y huir en una motocicleta robada con un botín de 14.305 euros.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso interpuesto por el acusado contra el fallo de la Sección Primera de la Audiencia Provincial que lo condenó a cuatro años y medio de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación.

Asimismo, el tribunal lo condenó al pago de una multa de 1.620 euros por un delito de hurto de uso de vehículo a motor y al abono de una indemnización de 14.305 euros a la entidad bancaria, mientras que lo absolvió de un delito de depósito de armas.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 8,30 horas del 20 de noviembre de 2013, cuando el procesado entró en la sucursal bancaria portando sobre su cabeza un casco de motorista y gafas de sol, "todo ello para ocultar su rostro", y, exhibiendo una pistola, exigió a las personas que allí se encontraban la entrega del dinero existente en la sucursal, apoderándose de 14.305 euros.

Seguidamente, el acusado, que se encuentra en prisión desde el 5 de diciembre de 2013, salió de la sucursal y huyó en una moto que había sido sustraída a su propietario días antes, la cual fue recuperada al día siguiente en la zona de las '3.000 viviendas'.

"característica" voz del acusado

El acusado recurrió la sentencia alegando la vulneración de su presunción de inocencia, y en este punto el Supremo recuerda que la Audiencia tuvo en cuenta para condenarlo el reconocimiento efectuado por el director y la subdirectora de la sucursal, quienes pudieron observar la fisonomía de sus facciones pese a que el atracador intentó disimular su rostro con un casco y gafas de sol.

Así, estos dos testigos describieron inicialmente las características físicas del atracador y su indumentaria, y tras la exhibición de fotografías de sospechosos, identificaron en un primer momento al imputado, también lo identificaron en rueda de reconocimiento "con todas las garantías" y, más tarde, en el juicio.

Además, una compañera de otra entidad bancaria, la cajera y una cliente ayudaron a la identificación del acusado e incluso lo reconocieron por la voz "característica" que tenía y "la singular falta de dentición", de manera "que hubo prueba de cargo, consistente en el testimonio de quien presencialmente sufrió el ataque delictivo".

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