El TSJIB condena al Govern a indemnizar al hijo de una mujer que se precipitó desde el sexto piso de Son Dureta

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha condenado a la Conselleria de Salud del Govern a indemnizar con 125.391 euros al hijo de una mujer que falleció tras precipitarse desde el sexto piso del hospital de Son Dureta, en Palma, en el que acababa de ser ingresada por intento de suicidio tras una ingesta masiva de medicamentos.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha condenado a la Conselleria de Salud del Govern a indemnizar con 125.391 euros al hijo de una mujer que falleció tras precipitarse desde el sexto piso del hospital de Son Dureta, en Palma, en el que acababa de ser ingresada por intento de suicidio tras una ingesta masiva de medicamentos.

En su sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la Administración debió extremar sus precauciones para evitar que la víctima pudiera provocarse más daños, a raíz de los varios intentos de quitarse la vida en los que había incurrido anteriormente.

El tribunal recuerda que la mujer aún no había sido evaluada por la psiquiatra del centro y todavía permanecía en urgencias mientras se le valoraba la evolución de la ingesta que "bien pudo provocarle la muerte de no haber sido descubierta a tiempo". Así las cosas, prosigue, la Administración "debió cuidar de que la fallecida no pudiera salir de un entorno seguro" debido a sus antecedentes.

La resolución apunta así a la existencia de una responsabilidad 'por culpa in vigilando' y más cuando la paciente, que tenía medidas de restricción ambulatoria, "se las quitó a petición propia".

En cualquier caso, la Sala considera que la indemnización que correspondería debe rebajarse en un 25 por ciento por cuanto la entrevista que la psiquiatra le realizó a la mujer "estuvo plagada de falta de sinceridad" por parte de la víctima, que mostró "un total dominio y control, se declaró arrepentida de todo lo ocurrido y manifestó que ya se encontraba bien y tranquila".

"Sin ese verdadero engaño, al no haber referido a la doctora su real estado de ánimo y su sincero propósito de acabar con todo, no se habría producido ese terrible desenlace", abunda la sentencia, que recuerda cómo el hijo -entonces menor de edad- reclamaba además ser indemnizado al alza puesto que ya había sido abandonado por su padre y se encontraba en una situación análoga a la orfandad.

Por su parte, la hermana de la fallecida también pidió que se le compensara económicamente al haberse hecho cargo de su sobrino antes de que éste pasase a ser tutelado por el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

Sin embargo, el TSJIB precisa que ambos ya fueron indemnizados en su día por las circunstancias que les afectan y, en este caso, no podría serle abonada cantidad alguna ya que la normativa únicamente prevé indemnizaciones a favor de los ascendientes y descendientes del fallecido. Inicialmente, el Govern estipuló el dinero a pagar en 111.458 euros, ya sufragado por la Administración.

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