TSJCyL condena a Ibermutuamur a indemnizar con 30.000 euros a una paciente que sufre cojera por un error de diagnóstico

La Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la Mutua de Accidentes Laborales Ibermutuamur a indemnizar con 30.000 euros a una mujer, de profesión periodista, por un "error de diagnóstico inicial" y, por ende, "terapéutico" tras sufrir un accidente laboral al caer por las escaleras.

La Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la Mutua de Accidentes Laborales Ibermutuamur a indemnizar con 30.000 euros a una mujer, de profesión periodista, por un "error de diagnóstico inicial" y, por ende, "terapéutico" tras sufrir un accidente laboral al caer por las escaleras.

Según ha informado el Defensor del Paciente, que ha defendido a la mujer, cuya identidad responde a las iniciales N.M.B. y que en el momento del accidente tenía 32 años, la víctima "no pudo beneficiarse del tratamiento correcto en tiempo", lo que comprometió con ello la curación de la lesión y el resultado final.

Por ello, la Sala reconoce una indemnización a favor de la paciente de 30.000 euros, cantidad que se verá incrementada con los intereses legales desde la fecha de reclamación a Ibermutuamur y respecto de la Aseguradora Zurich.

Según se recoge en la sentencia, la afectada sufrió el día 29 de septiembre de 2010 un accidente laboral al caer por unas escaleras en el centro de trabajo, por lo que se personó en los servicios de Urgencias de su Mutua de Accidentes Laborales Ibermutuamur, y allí fue diagnosticada "erróneamente" de un esguince simple del tobillo.

Tras realizarle unas radiografías del pie, se visualizó una lesión en escafoides que, sin explicación ninguna, se atribuyó a una lesión "antigua", sin verificar con la paciente que fuera preexistente, ni realizar pruebas complementarias para corroborar dicha interpretación diagnóstica.

De este modo, Ibermutuamur "etiquetó como lesión antigua lo que, en realidad, después se vería que era la fractura que se produjo con la caída sufrida".

La paciente fue tratada con vendaje húmedo, sin inmovilización, en la creencia "errónea" de que se trataba de un esguince simple, comenzando apoyo y movilización a los pocos días, así como también tratamiento de rehabilitación. Lejos de mejorar la paciente sufrió "continuos dolores e impotencia funcional de su pie".

Sin embargo, todas sus quejas "cayeron en saco roto" y ante su insistencia se le realizó un TAC en noviembre de 2010, en la que se advierte de que aquella "lesión antigua", en realidad era la fractura de escafoides que erróneamente no se le diagnosticó.

No obstante, según Defensor del Paciente, a pesar de la confirmación del error diagnóstico, "no se modificó la actitud terapéutica por parte de los facultativos de Ibermutuamur".

No fue hasta el mes de enero de 2011 cuando se le practicó un nuevo TAC ante las continuas y persistentes quejas de la paciente, y se diagnostica y trata la fractura de escafoides "que ya comprometía otras articulaciones". Este TAC informó de la misma lesión que ya se conocía en noviembre de 2010 y es entonces cuando se decide tratar la fractura de escafoides, lo que no se había hecho en el mes de noviembre a pesar de tener el mismo diagnóstico.

La paciente, según recoge la sentencia, fue intervenida el día 7 de abril de 2011, de una fractura ya muy evolucionada, y con peor pronóstico de curación, al haber pasado 7 meses desde que se produjera la lesión.

Tras un "largo peregrinaje", con consultas incluso realizadas a facultativos externos a la Mutua, reintervenciones, tratamientos de rehabilitación, unidad del dolor y medidas ortopédicas, la evolución de la lesión no evolucionó de modo satisfactorio, al no ser inmovilizada con escayola desde el principio. Esta falta de movilización hizo que se afectaran otras articulaciones adyacentes, comprometiendo con ello "el buen curso de la lesión", además de que le ha dejado "secuelas y dolor crónico, con cojera".

La defensa del caso ha sido tramitada por el Letrado D. Santiago Díez, especialista en Derecho Sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de 'El Defensor del Paciente'.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento