Tribunales.-Juez que investiga presunto ataque homófobo en Torregarcía inicia este jueves nuevas declaraciones

La jueza que instruye la causa por una presunta agresión de tinte homófobo ocurrida en la playa de Torregarcía de Almería en mayo de 2014 inicia este jueves una nueva ronda de declaraciones con la comparecencia en calidad de imputado de uno de los denunciados por la pareja formada por Luis y Ricardo de Frutos.

La jueza que instruye la causa por una presunta agresión de tinte homófobo ocurrida en la playa de Torregarcía de Almería en mayo de 2014 inicia este jueves una nueva ronda de declaraciones con la comparecencia en calidad de imputado de uno de los denunciados por la pareja formada por Luis y Ricardo de Frutos.

El matrimonio también está citado, imputado por presuntos delitos de lesiones y exhicionismo, aunque deberán acudir a declarar el próximo día 25. El primero en comparecer en esta nueva ronda de declaraciones es el padre del joven contra quien, inicialmente, se interpuso la denuncia como autor material, J.E.M.V.

El Juzgado de Instrucción 4 acordó la práctica de estas diligencias tras estimar el recurso de reforma de las defensas y de la Fiscalía contra el auto que ordenó transformar las diligencias previas que se incoaron para investigar los hechos, que se produjeron coincidiendo con la celebración del Día Internacional de los Derechos del Colectivo LGTB, en procedimiento abreviado.

En el citado auto, que daba traslado a las partes para formular acusación, imputó al matrimonio sendos delitos de lesiones y de exhibicionismo mientras que al tercero en el litigio, J.E.M.V., le atribuyó la presunta comisión de otro delito de lesiones. Su padre ha sido citado porque supuestamente, según la denuncia, habría jaleado esta actuación.

La jueza fundamentó la imputación de exhibicionismo en la respuesta a un oficio remitido al Ayuntamiento de Almería en el que el Área de Salud y Consumo señalaba que "no" le constaba que la playa de Torregarcía de la capital tuviese autorización "para el uso nudista".

En concreto, la instructora indagaba para conocer si la calificación de esta zona del litoral de la ciudad suponía que estaban "prohibidas estas prácticas" ya que la agresión que la pareja denunció se produjo cuando ambos estaban haciendo nudismo y se disponían a bañarse.

La resolución adoptada con posterioridad por la magistrada María del Mar Cruz acordaba, asimismo, la toma de declaración a tres testigos, dos hombres y una mujer, y a los dos agentes de la Policía Nacional que levantaron atestado de lo sucedido. Por otra parte, el juzgado ha aceptado la personación de la Asociación Pro-Derechos Humanos de España interesando la personación en la causa.

Luis, de 54 años, y Ricardo, de 68 años, relataron en su denuncia que el J.E.M.V., junto a su padre, se abalanzó sobre ellos al grito de "¡Ni un paso más, maricones!" y que, tras una fuerte discusión, les atacó presuntamente mientras que F.M.G. supuestamente lo incitaba al grito de "¡Maricones!, ¡dales caña a esos cerdos!'".

El atestado policial, que se elaboró tras tomarle declaración como imputado policial al joven, de 25 años, recoge que fueron varios los testigos los que presenciaron los hechos y los que alertaron. Las "patadas" y los "puñetazos" habrían ocasionado lesiones por las que Luis precisó cuatro puntos de sutura en una ceja mientras que Ricardo sufrió "hematomas y escoriaciones por patadas en el costado", además de perder la "conciencia".

"evidente carácter homófobo y discriminatorio"

El despacho de abogados Trustlaw Almería, que actualmente asume la defensa de ambos a través de los letrados Salvador Benítez y Manuel Ocaña, recurrió la resolución dictada en enero por el Juzgado de Instrucción 4 al entender que no era ajustada a Derecho.

Afirmaba que era "contraria" al "deber de apurar" la instrucción y "esclarecer al máximo" lo ocurrido a través de la practica de todas aquellas pruebas "que sean necesarias para determinar no solo los hechos y personas responsables sino también las circunstancias de dicha agresión", que, según subrayaba, "fue de evidente naturaleza homófoba y discriminatoria a la orientación sexual de las víctimas".

Los letrados discrepaban igualmente de la imputación de un delito de exhibicionismo ya que, a su juicio, el tipo no concurre en este caso. "No sólo se requiere que exista ese desnudo en presencia de menores, sino que además se realice una conducta con connotaciones sexuales, cosa que en el presente caso no ocurre ya que nuestros clientes eran simplemente dos personas que paseaban por la playa sin otra intención distinta que la de tomar el sol".

"Solo ordenanzas municipales pueden regular el desnudo de sus ciudadanos en lugares públicos con ocasión de cierto decoro que éstas quiera dar al municipio pero ello es tan solo una cuestión administrativa, nunca un delito", concluía el recurso de reforma.La jueza que instruye la causa por una presunta agresión de tinte homófobo ocurrida en la playa de Torregarcía de Almería en mayo de 2014 ha citado a declarar en calidad de imputados a Luis y Ricardo de Frutos, el matrimonio gay denunciante.

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