El acusado del crimen de Aldeamayor: "He cometido muchos errores, pero de ahí a que sea el autor va un mundo"

La fiscal, que acusaba por homicidio, se ha alineado con la acusación particular y ha elevado los hechos a la categoría de asesinato
El acusado, durante la primera jornada del juicio en la Audiencia de Valladolid.
El acusado, durante la primera jornada del juicio en la Audiencia de Valladolid.
EUROPA PRESS
El acusado, durante la primera jornada del juicio en la Audiencia de Valladolid.

El presunto autor de la muerte de Avelino C.P, cuyo cadáver fue localizado el día 16 de enero en un pinar de Aldeamayor de San Martín (Valladolid), ha hecho hoy uso de su derecho a pronunciar unas últimas palabras, antes de la conclusión del juicio con jurado popular celebrado en la Audiencia Provincial, para proclamar de nuevo su inocencia.

Aunque Juan Manuel E.P. tenía previsto dar lectura a un folio manuscrito, el magistrado presidente de la sala ha interrumpido al procesado ante el temor de que dicho trámite pudiera traducirse en algún tipo de coacción hacia los miembros del jurado, con lo que el aludido se ha visto obligado a improvisar una breve declaración en la que, tras justificar que durante el juicio ha evitado cruzar miradas con ellos o con los testigos para evitar presionarles, ha pedido un fallo justo atendiendo a lo visto y oído a lo largo del proceso.

"He podido cometer errores a lo largo de mi vida, pero de ahí a que haya sido el autor de los hechos va un mundo", ha enfatizado el procesado, que de esta forma cerraba la cuarta y última jornada del juicio en la que las partes personadas en la causa han expuesto sus informes finales en los que, como novedad más destacada, la fiscal, que inicialmente solicitaba 15 años por homicidio, se ha alineado con la acusación particular y ha elevado los hechos a la categoría de asesinato, merecedor de una condena de 18 años.

Y es que las acusaciones pública y particular, que solicitan indemnizaciones de 170.000 y 100.000 euros, respectivamente, coinciden en que de la prueba practicada ha quedado demostrado no sólo que Juan Manuel E.P. es el autor material de la muerte de Avelino C.P. ('Chacu') por una disputa de drogas, con las que ambos traficaban, sino que dicho óbito se produjo de forma alevosa, pues, tal y como habrían acreditado los forenses, la víctima no llegó a defenderse.

En sus informes, los acusadores mantienen que todos los indicios y pruebas atestiguan que el procesado fue la última persona que vio con vida a la víctima, con la que había concertado la tarde del 4 de enero de 2013 una cita en el centro de Valladolid, concretamente en el aparcamiento subterráneo de la Plaza Mayor, para cerrar una operación de compra-venta de droga y que debido a los graves problemas económicos y personales de Juan Manuel, que se hallaba en proceso de separación, el encuentro concluyó de forma trágica.

En sus alegatos, fiscal y acusación particular, que representa a la hermana del fallecido, coinciden en que tanto las cámaras de seguridad de la zona centro como distintos repetidores de telefonía móvil—los de Poniente, Regalado, Puente Arco Ladrillo, El Otero y La Pedraja—marcan el itinerario que Juan Manuel y Avelino siguieron en una furgoneta del primero desde el parking de la Plaza Mayor hasta Aldeamayor de San Martín, donde se produjo el crimen, y descartan, pese a lo alegado por el acusado, que el fallecido se apeara a las puertas del bar 'Minuto'.

La acusadora pública ha esgrimido hasta trece indicios claros de la culpabilidad de Juan Manuel E.P., entre ellos el hecho de que las llamadas telefónicas registradas en su móvil le sitúan sobre las 20.36 horas del día 4 de enero en las proximidades de la zona donde, doce días después, fue hallado el cadáver de Avelino, cuya muerte, según coinciden las dos acusaciones, se produjo esa misma tarde puesto que en el móvil localizado entre las ropas de la víctima se registraron numerosas llamadas entre las 22.00 horas de ese día y las 13.40 del 10 de enero, hasta que se quedó sin batería, y todas ellas entraron por el repetidor de El Otero.

"Si no respondió a ellas es porque para entonces ya estaba muerto", ha aseverado la fiscal, que, al igual que el acusador particular, ha citado como "indicio más significativo" la abundante sangre de la víctima que fue hallada en el todo terreno del procesado en el que éste, supuestamente, trasladó el cadáver hasta el pinar donde lo abandonó entre dos pimpollos.

"la bala mágica que mató a kennedy"

En este punto, la acusadora pública ha recordado que ni el propio acusado ha sabido dar una explicación coherente al motivo de que su vehículo hubiera albergado el cadáver de 'Chacu', salvo que este último hubiera utilizado el coche sin su permiso tras realizar una copia de la llave, algo que la fiscal, con ironía, ha comparado con la versión de la "bala mágica que mató a Kennedy".

Otros detalles como que el acusado no volvió a llamar a Avelino a partir del 4 de enero, "algo lógico puesto que ya sabía que estaba muerto", o las numerosas contradicciones cometidas cuando familiares del desaparecido se entrevistaron con él para interrogarle sobre su paradero revelarían, según los acusadores, que Juan Manuel es el autor del crimen.

Y la tipificación, como así constatan, es la de asesinato, tras recordar que tanto el examen forense realizado a la víctima como el biológico no hallaron signos de defensa en sus manos ni en sus uñas, con lo que Avelino "tenía los brazos inmovilizados o sujetos o bien se encontraba semiinconsciente y tirado en el suelo después de recibir un golpe en la cabeza, dada la perpendicularidad de todas las cuchilladas recibidas".

"perforado y masacrado"

En lo que también coinciden, apoyados en las pruebas periciales, es que las primeras heridas recibidas fueron las seis cuchilladas que presentaba en el hemitórax superior izquierdo, dos de ellas que atravesaron el pulmón y el corazón, y que la lesión que le provocó la muerte en el acto es el brutal golpe que recibió en la cabeza con un objeto contundente y que la reventó la bóveda craneal.

"¡Su cadáver fue perforado y masacrado!", ha aseverado el letrado que representa los intereses de la hermana del fallecido, en referencia a que "no contento con las primeras cuchilladas le propinó un golpe irracional, desproporcionado y bárbaro en la cabeza", lo que en su opinión supone un ensañamiento.

La solicitud de condena de ambas partes contrasta con el fallo absolutorio y, alternativamente, por un delito de encubrimiento que mantiene la defensa, que en su informe ha pedido al jurado que a la hora de emitir veredicto no se deje de llevar por sospechas, creencias sino únicamente por "certezas", algo que, a su jucio, brilla por su ausencia en un caso donde el único dato objetivo es la sangre localizada en el vehículo de su patrocinado, "lo que concluye únicamente que el cadáver estuvo allí, nada más".

En su opinión, no se ha podido concretar que la muerte se produjera el día 4 de enero, fecha de la desaparición de 'Chacu', ni se ha podido desvirtuar la versión de Juan Manuel de que esa tarde dejó con vida a la víctima ante las puertas del bar 'Minuto', ante lo cual ha criticado que las acusaciones persiguen una sentencia condenatoria mediante la presentación de meros indicios y sospechas que obligan al jurado a realizar un "acto de fe".

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