El Supremo rechaza modificar las medidas cautelares sobre la anulación de la variante de Oyambre

No admite la solicitud del Gobierno porque entiende que es competencia del TSJC

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del Gobierno de Cantabria de modificación parcial de la medida cautelar adoptada en noviembre de 2010 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en virtud de la cual se paralizaron las obras de la estructura sobre el arroyo Merón. Se trata de un tramo de la variante de Oyambre, que fue anulada por el TSJC en octubre de 2013.

En un auto fechado el pasado 10 de junio y recogido por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo señala que es a la sala de instancia y no a esta de casación a quien el Gobierno debe dirigir su solicitud, porque es a dicha Sala a quien corresponde resolver sobre una eventual ejecución provisional o, en su caso, sobre el mantenimiento o modificación de la medida cautelar vigente.

Ecologistas en Acción, promotora del recurso que desembocó en la anulación de la variante de Oyambre, considera que con este auto, el alto tribunal "vuelve a poner en evidencia las argucias y triquiñuelas legales" del Gobierno de Cantabria, que en su opinión, "ha tratado por todos los medios de eludir las sentencias judiciales".

En un comunicado, EA acusa a la administración regional de "empecinarse en mantener su intención de consolidar y hacer irreversibles las agresiones e impactos que supondría culminar las obras de "mejora" de la llamada variante de Oyambre en las marismas de Los Llaos y Merón".

En su opinión, el pronunciamiento del Supremo "constituye una llamada de atención para que el Gobierno entrante deje de utilizar sus servicios jurídicos y la batería de recursos y obstáculos que ha venido interponiendo con el gasto consiguiente y el pago de las costas a que ha sido condenado como ha ocurrido en esta última ocasión; y acepte, de una vez por todas, los graves errores cometidos retirando el proyecto en los tramos anulados y procediendo a la restauración ambiental y a la corrección de los impactos ambientales y sobre el paisaje que se han producido".

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