La Junta Electoral Central desestima un recurso del PSOE que pedía la revisión de votos nulos en Gozón

La Junta Electoral Central ha desestimado un recurso presentado por el PSOE que pretendía la revisión de los votos declarados nulos por la Mesa electoral y la declaración de validez de aquellos que considere oportuno en el municipio de Gozón.

La Junta Electoral Central ha desestimado un recurso presentado por el PSOE que pretendía la revisión de los votos declarados nulos por la Mesa electoral y la declaración de validez de aquellos que considere oportuno en el municipio de Gozón.

En el escrito de resolución se indica que con fecha 1 de junio de 2015 se recibió en la Junta Electoral Central el recurso interpuesto por el representante del PSOE contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Avilés de 29 de mayo de 2015, resolutorio de reclamaciones contra el acto de escrutinio general correspondiente al municipio de Gozón.

Se pedía "la pretensión del recurso es la petición del Partido Socialista Obrero Español de revisión por parte de la Junta escrutadora de los votos declarados nulos por la Mesa electoral y la declaración de validez de aquellos que considere oportuno", según indican desde la Junta Electoral Central.

Tramitado el recurso, la Junta Electoral Central ha acordado desestimar el recurso de referencia, trasladándolo a la Junta Electoral de Zona de Avilés, que deberá realizar la proclamación de electos en el Ayuntamiento de Gozón conforme al resultado del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral de Zona.

Contra este acuerdo no cabe recurso, si bien el acuerdo de la Junta Electoral de Zona sobre proclamación de electos puede ser objeto del recurso contencioso-electoral previsto en los artículos 109 y siguientes de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

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