Último día para presentar el DNI a tu banco si no quieres ver bloqueadas tus cuentas

  • Los bancos comenzaron a solicitar esta documentación a finales de 2014, pese a que la normativa se aprobó en abril de ese mismo año.
  • Los usuarios critican que este proceso no se haya llevado a cabo desde un organismo central, teniendo que presentarlo en varias casos.
  • Los clientes a los que les bloqueen sus cuentas por no digitalizar el DNI tendrán tres meses para cumplir con la petición, a fin de volver a operar con normalidad.
Clientes siendo atendidos en una sucursal bancaria.
Clientes siendo atendidos en una sucursal bancaria.
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Clientes siendo atendidos en una sucursal bancaria.

La Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone a las entidades de crédito la obligación de identificar a todos sus clientes y personas con las que mantengan relaciones de negocio o realicen cualesquiera operaciones.

No todos los clientes están afectados. Si su banco no se ha dirigido a usted solicitándoselos, significa que ya tiene sus datos. Las entidades estiman que cerca del 10% de las cuentas no estaban documentadas cuando comenzó este proceso a finales de 2014, lo que suponía más de tres millones de clientes afectados.

Los que todavía no lo hayan hecho, tienen como límite este jueves 30 de abril para permitir que en cualquier oficina de su banco le escaneen el DNI "sin que exista la posibilidad de prórroga al ser un plazo fijado por Ley", dicen fuentes del Gobierno citadas por Europa Press, pese a que el BBVA indicó este miércoles que su entidad no comenzará a bloquear las cuentas hasta el 11 de mayo, una decisión que no ha considerado como "una moratoria ni una posición sectorial".

En algunos casos, aparte del DNI, incluso les podrán solicitar otra documentación acreditativa de sus ingresos, como una nómina, un resumen de IVA o la última cuota de autónomos, aunque no está claro en qué situaciones se solicitarán dichos datos.

"Los sujetos obligados identificarán al titular real y adoptarán medidas adecuadas en función del riesgo a fin de comprobar su identidad con carácter previo al establecimiento de relaciones de negocio, la ejecución de transferencias electrónicas por importe superior a 1.000 euros o a la ejecución de otras operaciones ocasionales por importe superior a 15.000 euros", afirma el artículo 9 de la ley.

Clientes fallecidos y cuentas canceladas

El perfil más afectado es el de aquel cliente que llevó a cabo la apertura de una cuenta en una fecha en la que no era necesario la presentación del DNI, por lo que puede ocurrir que la entidad no disponga del documento. También tendrán que pasar por su banco aquellos cuya fecha de caducidad del DNI que presentaron en su momento haya vencido antes del 30 de abril de 2015.

Otras cuentas afectadas son las que se abrieron a través de Internet durante la burbuja tecnológica del 2000. Muchas de las entidades 'online' no solicitaban ningún de acreditación física a sus clientes, por lo que ahora deberán regularizarlas.

La mayoría de los clientes susceptibles de ver sus cuentas bloqueadas no deberían tener mayor problema que presentar su DNI. No obstante, hay quien puede estar obligado a demostrar la fuente de sus ingresos y "asumir la responsabilidad de su declaración". Fuentes del sector consideran que en esta tesitura se encuentran menos de un 5% de los clientes que deben regularizar su situación, sin aclarar por qué unos clientes tendrán que hacerlo y otros no.

Sin embargo, los usuarios alertan de grandes fallos en la solicitud de la banca. Algunas entidades han solicitado dicha documentación a clientes que ya cancelaron sus cuentas en dichas entidades. "Cerré una cuenta de Caja Madrid hace unos cinco años, cuanto todavía existía, y ahora Bankia me reclama mis datos y advirtiéndome de que bloquearán la cuenta si no lo hago, es un disparate", comenta un cliente a 20minutos.

También se han dado casos de cartas dirigidas a clientes fallecidos. "Hemos recibido una carta del banco de mi padre, fallecido hace 11 años, reclamándole sus datos personales, sobre su trabajo y hasta su salario", relata otro afectado.

Una ley de 2010, endurecida en 2014 por exigencia internacional

La nueva legislación, que cumple con las exigencias de 2012 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI),  no permite a los bancos la existencia de cuentas indocumentadas y la entidad tiene la obligación de bloquearla al día siguiente de la entrada en vigor de la normativa. Si lo hacen, no se podrá operar con la cuenta, ni con las tarjetas, ni realizar transferencias.

La normativa aprobada el 28 de abril de 2014, que desarrolla el artículo 43 de la Ley 10/2010, establece un gran número de medidas para tratar de evitar que el dinero procedente de actividades ilícitas o que, simplemente, no ha tributado, se "lave" dentro del circuito financiero.

Un ejemplo de ese "lavado de dinero" es el pago (común en nuestro país) de parte del precio de un inmueble en dinero negro, conderado blanqueo de capitales y perseguido con más fuerza en la nueva legislación.

La Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) piden la "comprensión" y "colaboración" de los clientes para que, en el caso de ser requeridos, aporten su documento de identificación, tal y como exige la normativa de prevención del blanqueo de capitales.

"Esta solicitud se está dirigiendo incluso a clientes con los que existe relación desde hace largo tiempo y que son conocidos por la entidad, ya que por muy diversas razones (apertura de la cuenta en una fecha en la que no fuera obligatoria la obtención y conservación del DNI, u otras) puede ocurrir que la entidad no disponga de copia del documento de identificación", afirma AEB en un comunicado.

De no bloquearlas, los bancos se enfrentan a sanciones de hasta 600.000 euros. Si le bloquean la cuenta, en el momento en el que acuda a su oficina y entregue el DNI, automáticamente volverá a estar activa. Los clientes a los que las entidades financieras les bloqueen sus cuentas por no digitalizar el DNI tendrán tres meses para cumplir con la petición de documentación, a fin de volver a operar con normalidad.

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