La dación en pago a una agencia inmobiliaria, ¿paga plusvalías?

  • IU-ICV quiere que el Gobierno aclare la normativa tributaria.
  • La entrega de la vivienda para cancelar la deuda hipotecaria está completamente exenta del pago de este tributo municipal
  • Algunos bancos obligan a que la entrega se haga a una inmobiliaria dependiente.
  • La coalición también exige que se compense "adecuadamente" a los ayuntamientos por esta pérdida de recursos.
Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ocupan una oficina bancaria reclamando la dación en pago para un cliente que contrató una hipoteca multidivisa, que ahora no puede pagar.
Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ocupan una oficina bancaria reclamando la dación en pago para un cliente que contrató una hipoteca multidivisa, que ahora no puede pagar.
Kai Försterling / EFE
Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ocupan una oficina bancaria reclamando la dación en pago para un cliente que contrató una hipoteca multidivisa, que ahora no puede pagar.

Todos los ciudadanos que entregan su vivienda en dación en pago están exentos del pago del Impuesto de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) –las llamadas plusvalías–. Es así cuando la dación se hace en beneficio de una entidad financiera, pero ¿es así cuando se devuelve la vivienda a una inmobiliaria o hay una agencia de por medio?

La Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) quiere que el Gobierno aclare la normativa tributaria vigente para garantizar que todos los ciudadanos que entregan su vivienda en dación en pago quedan exentos del pago de las plusvalías. La coalición también exige que se compense "adecuadamente" a los ayuntamientos por esta pérdida de recursos.

Así consta en una proposición no de ley presentada para su debate en la Comisión de Hacienda del Congreso, donde la coalición advierte de que pese a que la entrega de la vivienda para cancelar la deuda hipotecaria está completamente exenta del pago de este tributo municipal, muchas entidades financieras están obligando a que la entrega del inmueble se haga a una mercantil inmobiliaria dependiente.

Una transmisión que, "al contar con una tercera parte implicada, toma un nombre en escritura pública distinto al de dación en pago, generalmente el de 'escritura de compraventa con subrogación hipotecaria'", una "distinción puramente técnica" que, sin embargo, "está provocando la negativa a conceder las exenciones sobre la plusvalía que son solicitadas por las familias que se han visto obligadas por la entidad financiera a acogerse a esta forma de cancelación de sus deudas hipotecarias".

"No es de recibo que muchos de quienes se han visto obligados a entregar su vivienda por motivos económicos se vean excluidos de beneficiarse de la exención porque la entidad financiera imponga una condición que en ningún caso altera el origen y la finalidad de la transmisión. Esto no sólo supone un agravio comparativo entre afectados sino que empeora, más si cabe, la ya de por sí angustiosa situación que sufren estas personas", reprocha la coalición.

Por eso, IU-ICV-CHA quiere que el Gobierno "clarifique" la interpretación de esta exención del IIVTNU para que "puedan acogerse sin excepciones todos los deudores o garantes hipotecarios que se hayan visto obligados a la entrega de su vivienda habitual por motivos económicos mediante figuras de cancelación de deudas hipotecarias impuestas por las entidades financieras que, sin ser daciones en pago, no alteran el origen y la finalidad de la transmisión".

Que alguien compense a los ayuntamientos

Por otra parte, la coalición recuerda que aunque el decreto ley Antidesahucios, de marzo de 2012, obligaba a que fueran las entidades financieras las que abonaran la plusvalía a los ayuntamientos por los pisos que hubiera adquirido como dación en pago, en octubre de 2014 se modificó la redacción de la norma, eliminando esta obligación.

Un cambio que perseguía "ampliar el espectro de afectados por las hipotecas que podrían quedar exentos del pago" del impuesto municipal pero que dejó "sin solucionar el impacto recaudatorio que tiene la exención sobre los ayuntamientos". Por eso, en la misma iniciativa la coalición reclama que se "compense adecuadamente a los ayuntamientos por las pérdidas recaudatorias que se ocasionen con motivo de la exención en el IIVTNU".

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