Condenado por intentar coaccionar a su pareja en la cárcel el preso que asesinó a su mujer en 2011

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha condenado a cuatro meses y 15 días de prisión por un delito coacciones leves en grado de tentativa cometido en la cárcel sobre su pareja a A.G.A., que permanece preso por la muerte de su mujer en La Caleruela --pedanía de la localidad jiennense de Villacarrillo-- en 2011, un suceso por el que la Audiencia Provincial lo condenó a 22 años y medio de cárcel por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha condenado a cuatro meses y 15 días de prisión por un delito coacciones leves en grado de tentativa cometido en la cárcel sobre su pareja a A.G.A., que permanece preso por la muerte de su mujer en La Caleruela —pedanía de la localidad jiennense de Villacarrillo— en 2011, un suceso por el que la Audiencia Provincial lo condenó a 22 años y medio de cárcel por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.

Según considera probado la sentencia, fechada el día 12, los hechos por los que ahora ha vuelto a ser condenado el referido preso se produjeron el 3 de septiembre de 2013 en el Centro Penitenciario de Jaén, al hilo de una "discusión verbal" originada entre éste y una mujer —R.N.S.— con la que mantenía una relación de "pareja de hecho" desde septiembre de 2012.

En concreto, y debido a que la también entonces presa R.N.S. "forma parte del grupo de teatro perteneciente al área sociocultural del centro junto a otros internos", el acusado se comportó "de modo violento y exaltado" y "golpeó fuertemente una mesa mientras le profería" a su pareja "expresiones en clara referencia y actitud celosa a un episodio anterior" del reo "con relación al asesinato de su mujer cometido por él mismo", según detalla la propia sentencia, consultada por Europa Press.

"Valiéndose de este agresivo y público proceder", el encartado buscaba que su novia "dejara de asistir a las actividades de contenido lúdico que habría de compartir con otros compañeros varones de los que pudiese derivarse lo que él pudiese considerar cualquier actitud con connotación de índole sexual".

Finalmente, el acusado no logró dicho propósito, puesto que su pareja, "tras conversación mantenida con el educador del centro, participó en la citada obra teatral", según confirma la sentencia, dictada por el juez Emilio García-Rueda, que considera indudable que "el acusado trató de forma consciente de impedir" que su novia "participara en una obra teatral, empleando para ello la intimidación psicológica, pese a que tal participación le resultaba a R.N.S. beneficiosa para su reinserción social".

Así las cosas, además de la citada pena de prisión, la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación, impone al acusado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros a su novia, así como a comunicarse con ella por un periodo de tiempo de un año y seis meses, y a poseer armas durante un año y un día.

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