Parece que la empresa intentó cumplir con un requisito formal, hacerle firmar un documento en el que usted se obligaba a pasar la revisión (que es, en principio, obligatoria) y que probablemente contenía otras informaciones sobre seguridad e higiene en el trabajo, pero no tiene ningún deseo de proceder a que sea usted revisado médicamente. Puede usted dirigirse al comité de seguridad e higiene de su empresa (si es que existe) reclamando su derecho, y si no está constituido, a la Inspección de Trabajo, a fin de que se le realice la revisión que usted firmó.
Estoy embarazada. He calculado la fecha del posible parto y será el 3 de agosto de 2007. En mi empresa se cierra en agosto, por lo que cuando nazca el bebé estaré de vacaciones y pasaré a la situación de baja por maternidad. ¿Podré disfrutar posteriormente de las vacaciones?, ¿o las perderé y sólo tendré derecho a los 4 meses de baja por maternidad?
Según las últimas sentencias del Tribunal Supremo, la madre no puede perder sus vacaciones por motivo de su embarazo, así que tendrá usted, en todo caso, derecho a disfrutar de todos los días por vacaciones que le correspondan.
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