Aceptan tres y un año de cárcel los hermanos juzgados al ser acusados de traficar con droga

Los dos hermanos, identificados en sendos casos como A.C.V., a los que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén tenía previsto juzgar este miércoles como supuestos autores de un delito contra la salud pública que habrían cometido con el almacenamiento y venta de drogas desde la capital jiennense han aceptado tres y un año de cárcel, respectivamente.

Los dos hermanos, identificados en sendos casos como A.C.V., a los que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén tenía previsto juzgar este miércoles como supuestos autores de un delito contra la salud pública que habrían cometido con el almacenamiento y venta de drogas desde la capital jiennense han aceptado tres y un año de cárcel, respectivamente.

Ha sido fruto de un acuerdo de conformidad entre las partes sellado antes del inicio del juicio, que ha permitido que éste quedara visto para sentencia a los escasos minutos de su inicio, el tiempo necesario para que los hermanos mostrasen su conformidad con las penas solicitadas por la Fiscalía.

En concreto, uno de los hermanos, llamado Abraham, ha aceptado una pena de tres años de prisión por un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud, y la imposición de una multa de 500 euros, mientras que el otro, de nombre Amador, se ha conformado con una condena de un año de cárcel por un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud, y con el pago de una sanción de 8.000 euros.

Para fundamentar su acusación, la Fiscalía se apoya en su escrito de calificación en el resultado de unos registros practicados en 2012 con autorización judicial en el trastero de una plaza de garaje alquilada por uno de los acusados en la calle Fuente del Alamillo de Jaén, y en la vivienda que dicho procesado compartía con su familia en la calle Clavel de la capital jiennense.

El primer registro permitió la incautación de "una balanza de precisión, dos envoltorios con cocaína, un envoltorio con 'MDMA', bolsas con recortes y dos paquetes de 50 bolsas pequeñas de autocierre cada una".

El registro en el domicilio de la calle Clavel resultó más complicado para la Policía "dada la negativa a abrir de los moradores y el sistema de cierre de la puerta de entrada, que contaba con cuatro cerrojos", por lo que los agentes no consiguieron acceder al inmueble "hasta pasados varios minutos", según detalla la fiscal que califica estos hechos, que explica que los acusados aprovecharon ese tiempo para "deshacerse de una cantidad indeterminada de cocaína a través del inodoro".

No obstante, en el marco de este registro fueron intervenidos "cogollos de marihuana, dos balanzas de precisión, una prensa artesanal, un gato hidráulico, una bolsa con recortes, nueve plantas de marihuana y una papelina de cocaína", entre otros efectos, además de 350 euros y dos teléfonos móviles.

El escrito de la Fiscalía detalla que la sustancia intervenida estaba destinada por el acusado A.C.V. "a su venta a terceros", y que en el registro de la vivienda de la calle Clavel también fueron incautadas 72 'bellotas' de hachís propiedad de Amador, que estaban igualmente "destinadas a su venta a terceros". En total, la sustancia intervenida en estos registros, una vez analizada, arrojó un peso neto de 0,51 gramos de cocaína y 'MDMA'; 22,65 gramos de 'cannabis sativa' y 725,54 de hachís.

Antecedentes por otro delito

Se da la circunstancia de que el acusado llamado Amador fue juzgado el mes pasado también en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, aunque en aquella ocasión por un presunto delito de homicidio en grado de tentativa que habría cometido al tratar de matar a otro en las inmediaciones de la discoteca 'Kharma' de Jaén con una botella rota.

Aunque inicialmente la Fiscalía solicitaba para él en ese caso una pena de siete años de prisión, finalmente interesó durante el juicio una condena de dos años y seis meses de prisión por el mencionado delito de tentativa de homicidio, al apreciar en el procesado las circunstancias atenuantes de drogadicción y de reparación del daño causado, así como teniendo en cuenta el reconocimiento de los hechos que realizó el acusado ante el tribunal.

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