Ingresa en prisión el hombre condenado por no derribar una construcción ilegal en los Picos de Europa

El hombre para el que Fiscalía había solicitado su entrada a la cárcel con una pena de seis meses fue detenido en Madrid el pasado martes.

El Juzgado de lo Penal número uno de Oviedo ha ordenado este martes el ingreso en prisión de un empresario condenado en enero de 2011 por una construcción ilegal en Covaraña, dentro del Parque Nacional de los Picos de Europa. Fiscalía del Principado de Asturias había pedido el ingreso del condenado ya que no llevó a cabo la demolición de la edificación como imponía la sentencia.

El hombre, que estaba en busca y captura, ingresó en un centro penitenciario para cumplir una pena de 6 meses después de ser arrestado en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas cuando regresaba del extranjero ha explicado Fiscalía en una nota de prensa.

La sentencia del Juzgado condenó al empresario, como promotor de la obra, a 6 meses de prisión e inhabilitación especial para toda actividad relacionada con la construcción durante ese tiempo. La sentencia también imponía el pago de una multa, por un delito contra la ordenación del territorio y la demolición de lo construido indebidamente.

El fallo recogía que el hombre era propietario de una cuadra de piedra, madera y teja con dos anejos, con grietas en las paredes y destinada tradicionalmente al refugio de ganado, donde realizó unas obras no autorizadas. Las obras recibieron una sanción administrativa de 601,02 euros, en 2007, dictada por el director del Parque Nacional de Picos de Europa pero el condenado no corrigió las modificaciones efectuadas y continuó con las obras.

El 30 de noviembre de 2011, y con el condicionante de no volver a delinquir en el plazo de dos años y de que procediera a la demolición de la edificación, el Juzgado de lo Penal acordó la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al empresario. Sin embargo, dos años más tarde, a petición de la Fiscalía del Principado de Asturias, le fue revocado este beneficio porque el condenado incumplió la condición establecida de que procediera, en el plazo de seis meses, a la demolición de lo construido ilegalmente. Ante está decisión el condenado presentó un recurso que fue desestimado por la Audiencia Provincial.

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