La Audiencia de Valladolid ordena proseguir la instrucción contra Méndez por posible usurpación de funciones

La querella contra el exalcalde de Arroyo, ahora en prisión, la interpuso la Asociación de Vecinos Arroyo Siglo XXI
José Manuel Méndez y su abogado Javier Gómez de Liaño.
José Manuel Méndez y su abogado Javier Gómez de Liaño.
EUROPA PRESS
José Manuel Méndez y su abogado Javier Gómez de Liaño.

La Audiencia de Valladolid ha ordenado la continuación del procedimiento contra el exalcalde de Arroyo de la Encomienda, José Manuel Méndez, y su equipo de concejales de Independientes por Arroyo (IPAE) como presuntos autores de delitos contra la administración pública y usurpación de funciones públicas, tal y como sostiene en su querella la Asociación de Vecinos Arroyo Siglo XXI.

La resolución de la Sección Segunda de lo Penal desestima así el recurso de apelación que el ya exdil de IPAE Luis Miguel Jara de Castro interpuso contra el auto de admisión a trámite de la referida querella dictado el día 2 de julio de 2014 por el titular del Juzgado de Instrucción número 1, después de que el propio Méndez y su equipo municipal de gobierno desistieran finalmente del recurso.

En su auto, el tribunal que preside Feliciano Trebolle acuerda que el juzgado prosiga con la instrucción de la querella habida cuenta de que del contenido de ésta "se desprende la posible existencia de un delito que debe ser objeto de investigación, para con el resultado de la prueba practicada en la fase de instrucción, poder determinar si procede el sobreseimiento de las actuaciones o la continuación del procedimiento por los trámites legales", según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Así, la Sala entiende que el juez instructor, José María Crespo, "actuó conforme a derecho al admitir a trámite la querella", según la cual Méndez y los miembros de su equipo de gobierno, tanto los diez de IPAE como el dimisionario y hoy adscrito al Grupo Mixto, Luis Miguel Jara, habrían incurrido en un delito de usurpación de funciones, el primero por negarse a dejar su puesto, a pesar de su condena por el 'Caso Arroyo', y el resto por no poner remedio a la situación.

Méndez, desde el 8 de enero de 2015 preso en el penal de Teixeiro (A Coruña), permaneció en el cargo más de un año a pesar de que fuera condenado por la Audiencia de Valladolid a una pena de tres años de cárcel y dieciséis de inhabilitación por delitos de prevaricación y cohecho por el denominado 'Caso Arroyo' de irregularidades urbanísticas, fallo posteriormente confirmado por el Supremo.

La Asociación Arroyo Siglo XXI, a través de su presidente, José María de la Red, fundamenta la querella en que, según la reforma en 2011 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), Méndez estuvo usurpando el cargo desde el día 22 de noviembre de 2013, fecha en la que se conoció la sentencia, puesto que en dicho texto reformado se considera tanto causa de inelegibilidad como de incompatibilidad la condena, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la inhabilitación absoluta o suspensión para empleo o cargo público.

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