Multada y condenada a pagar 2.787 euros a una eléctrica tras ocupar "ilegalmente" un piso de Jaén

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha impuesto a una mujer, identificada como G.D.A., sendas multas de tres euros diarios durante tres meses, así como la ha condenado a indemnizar a una compañía eléctrica con 2.787,86 euros tras haber "ocupado ilegalmente" una vivienda de la capital entre febrero y noviembre de 2011.

El Juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha impuesto a una mujer, identificada como G.D.A., sendas multas de tres euros diarios durante tres meses, así como la ha condenado a indemnizar a una compañía eléctrica con 2.787,86 euros tras haber "ocupado ilegalmente" una vivienda de la capital entre febrero y noviembre de 2011.

La sentencia, fechada el pasado día 10, considera probado que, en febrero de 2011, la procesada "ocupó la vivienda sita en la primera planta del número 11 de la calle Valencia de Jaén", donde se mantuvo "hasta noviembre (...), en la que la abandonó a instancias del juzgado que investigaba los hechos".

Además, la sentencia, consultada por Europa Press y recurrible ante la Audiencia Provincial, añade que "durante todo el tiempo que la acusada ocupó ilegalmente la citada vivienda disfrutó de energía eléctrica, sin haber contratado con la entidad (...) el suministro de la misma, y valiéndose de un puente en el contador de la luz", lo que ocasionó a la empresa "un perjuicio de 2.797,86 euros", cuantía con la que ahora tiene que indemnizarla.

Así las cosas, a la acusada se la considera autora de un delito de usurpación de bien inmueble y de otro de defraudación de fluido eléctrico, por cada uno de los cuales se le impone la citada multa de tres euros diarios a pagar durante tres meses.

Según explica la sentencia, "en su declaración en fase instructora" la procesada reconoció "haber pedido a un cerrajero que le cambiara la cerradura de la vivienda para meterse en ella y después poner otra cerradura", así como que "durante el tiempo que residió en la vivienda utilizó agua y luz".

De igual modo, constata que la procesada "sabía que no era la propietaria del inmueble y su intención era usarla como vivienda permanente, pues en ella habitaba desde febrero de 2011", al tiempo que aprecia en ella "un verdadero propósito defraudatorio" al haber estado "sirviéndose del suministro eléctrico que tenía sin disponer de contrato para ella ni de contador".

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