Condenan a 64 años a un entrenador por grabar imágenes sexuales de menores

  • Conocía a muchas de las víctimas porque era su entrenador de baloncesto y contactaba con ellas por Internet haciéndose pasar por una chica.
  • Las amenazaba con difundir las grabaciones que ya tenía para conseguir más.
  • También ha sido condenado a indemnizarles y el juez le prohíbe usar chats y redes sociales durante cinco años por cada uno de los delitos.
Un agente de la Guardia Civil, revisando los archivos descubiertos en una operación contra la pornografía infantil en Internet.
Un agente de la Guardia Civil, revisando los archivos descubiertos en una operación contra la pornografía infantil en Internet.
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Un agente de la Guardia Civil, revisando los archivos descubiertos en una operación contra la pornografía infantil en Internet.

Un juzgado de Barcelona ha condenado a 64 años de cárcel a un entrenador de baloncesto por grabar actos sexuales de quince menores de edad, a los que captaba a través de Internet haciéndose pasar por una chica.

En su sentencia, el juzgado de lo penal número 7 de Barcelona condena a Miguel Rodríguez Lirio por quince delitos de utilización de menor con fines pornográficos, nueve de amenazas condicionales y otros dos de difusión y posesión de pornografía infantil.

La juez cree probado en su sentencia que el acusado, entre los años 2004 y 2010, contactó con menores de edad a los que conocía por su trabajo de entrenador de baloncesto a través del programa social Messenger, haciéndose pasar por una chica.

De esa forma, añade la sentencia, el procesado fomentaba un "clima de complicidad" y, a cambio de enviarles fotos desnuda o en ropa interior de la chica que simulaba ser, conseguía que los menores activaran la webcam, se desnudaran y realizaran distintos actos de naturaleza sexual.

En algunas ocasiones, el procesado utilizaba las imágenes así obtenidas para conminar a sus víctimas a realizar nuevos actos sexuales ante la webcam, bajo la amenaza de difundir a sus contactos o en la red las grabaciones que ya había obtenido de ellos con anterioridad.

La sentencia recuerda que el procesado conocía a la mayoría de sus víctimas, ya que había tratado con ellos o los buscaba en el entorno del baloncesto, sabía que eran menores de edad y que su actuación está proscrita por la ley.

Por ese motivo, le impone una pena de 64 años de cárcel, así como la obligación de indemnizar a sus víctimas con entre 500 y 2.000 euros y le prohíbe utilizar chats informáticos y redes sociales durante cinco años por cada uno de los delitos por los que ha sido condenado.

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