El CJC dictamina que Feria Valencia tiene personalidad jurídica propia y está sujeta al derecho privado

Considera aconsejable separar la tenencia de los inmuebles de la gestión de la actividad ferial
El recinto ferial valenciano
El recinto ferial valenciano
FERIA VALENCIA
El recinto ferial valenciano

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha emitido un dictamen sobre Feria Valencia en el que concluye que se trata de una asociación de utilidad pública, con personalidad jurídica propia, que está sujeta al derecho privado.

Este dictamen, que cuenta con dos votos particulares, fue emitido por el CJC el pasado 1 de octubre tras examinar el expediente remitido por la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, en relación con la consulta facultativa formulada por el director general de Feria Valencia, sobre cuál es la naturaleza jurídica de esta entidad y qué consecuencias se derivan de ello.

El CJC señala que Feria Valencia es, según sus estatutos, una asociación de utilidad pública, con personalidad jurídica propia y añade que su inclusión en el sector público autonómico o local a efectos presupuestarios o financieros "está sujeta al cumplimiento de los requisitos exigidos por las correspondientes leyes estatales o autonómicas".

Al respecto, indica que "no consta que la Generalitat o el Ayuntamiento de Valencia se comprometiesen, al menos estatutariamente, a efectuar aportaciones o transferencias en favor de la institución", sin perjuicio de la concesión municipal del inmueble.

Asimismo, explica que el objeto de Feria Valencia es la organización de ferias, exposiciones e iniciativas similares y que carece de ánimo de lucro, pero "su gestión se basa en criterios de rendimiento, eficacia y rentabilidad".

Por lo tanto, señala que "no participa de la naturaleza de organismo de derecho público, en el sentido del derecho comunitario ni del artículo 3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de lo establecido para los contratos subvencionados sujetos a regulación armonizada".

Respecto al Plan de Ampliación y Modernización de las Instituciones de Feria Valencia, el CJC destaca que la existencia de contratos subvencionados por una administración pública "no alterna la naturaleza jurídica de la entidad beneficiaria", ni tampoco "afecta a la explotación de la actividad feria que seguiría sujeta, como actividad de carácter mercantil, al derecho privado".

El Consell Jurídic Consultiu estima aconsejable separar la tenencia de los inmuebles, que lleva aparejada la financiación concedida para las obras de ampliación, de la gestión de la actividad ferial".

Modificación de estatutos

También plantea la modificación de los estatutos de Feria Valencia para definir la entidad "como consorcio de carácter local o autonómico y de naturaleza empresarial" o dar "una nueva composición a su órgano de gobierno, que quedaría integrado por representantes de entidad privadas y , posteriormente, constituir un consorcio con la Generalitat y el Ayuntamiento".

El consejero Federico Fernández ha emitido un voto particular, al que se ha adherido María Luisa Mediavilla, en el que señala que Feria Valencia se financia "con recursos de origen público" y añade que su forma de personificación privada "no tiene relevancia jurídica en lo atinente a la cuestión de serle o no de aplicación las normas de estabilidad presupuestaria que han de seguir los criterios de derecho comunitario".

Por su parte, el consejero Enrique Fliquete, que ha formulado un voto particular concurrente, indica que los ingresos de la entidad generados por la actividad de Feria Valencia en los ejercicio 2008-2011 "no cubren, de forma general, al menos el 50 por ciento de los costes de producción" y añade que esta financiación no era para su actividad operativa, sino para la financiación de obras realizadas en el marco del Plan de Ampliación y Modernización.

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