La vista oral contra el alcalde de Fines (Almería), Rodrigo Sánchez, y su hermano ha quedado aplazada a octubre por la incomparecencia de un testigo citado para este lunes.
Fuentes judiciales han indicado a Europa Press que el juicio ha quedado señalado para el día 28 a las 11,00 horas en el Juzgado de lo Penal número 5 de Almería.
Sánchez (PP) y su hermano se enfrentan a penas individuales de dos años y tres meses de prisión acusados de ejecutar obras en agosto de 2005 para construir una piscina y una edificación anexa en una finca de su propiedad y en "suelo calificado como no urbanizable".
El Ministerio Público imputa al regidor y a Francisco Sánchez la presunta comisión de delitos contra la ordenación del territorio y de desobediencia, ya que ambos continuaron presuntamente con la obra pese a que "tenían conocimiento" de la existencia de una orden para paralizar de forma inmediata los trabajos.
Según recoge el escrito de acusación, Rodrigo Sánchez y su hermano, como propietarios de una finca no urbanizable localizada en la parcela 10 del polígono 47 del paraje rural de Los Llanos, procedieron en agosto de 2005 a realizar "movimientos de tierra" para construir una piscina y una edificación anexa a una vivienda.
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía notificó a los acusados con fecha 16 de marzo de 2006 la apertura de un expediente sancionador y comunicó una orden de paralización "inmediata" de los trabajos de desmonte que estaban realizando en su propiedad.
El fiscal resalta que, "pese a tener conocimiento de dicha prohibición", de la que fueron informados en dos ocasiones más en septiembre y noviembre de ese mismo año para comunicar la propuesta de multa y su resolución definitiva, tanto el alcalde como su hermano "desatendieron los requerimientos de la autoridad y continuaron los trabajos".
El Ministerio Público interesa la imposición de penas de un año y medio de cárcel por delitos contra la ordenación del territorio del artículo 319.2 y 3 del Código Penal y de nueve meses de prisión por delito de desobediencia, tipificado en el artículo 556.
Solicita, además, el pago de sendas multas de 16 euros a razón de 12 euros al día e inhabilitación especial para empleo u oficio relacionado con la construcción por periodo de dos años.
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