El juzgado de Alaya embarga a Guerrero los 26.565 euros que debe abonarle la Junta

  • El juzgado ha ordenado embargar los 26.500 euros que le ingresó la Junta de Andalucía al ex director general de Empleo, Francisco Javier Guerrero, en concepto de salario atrasado.
  • Se le embargan todos lo bienes que reciba el imputado hasta cubrir la fianza récord de 686 millones que se le impuso.
Francisco Javier Guerrero, imputado en el 'caso de los ERE'.
Francisco Javier Guerrero, imputado en el 'caso de los ERE'.
EFE
Francisco Javier Guerrero, imputado en el 'caso de los ERE'.

El juzgado que investiga el caso de los ERE en Andalucía ha ordenado el embargo de los 26.565 euros que le ingresó la Junta de Andalucía al ex director general de Empleo Francisco Javier Guerrero, imputado en la causa, por sus retribuciones atrasadas como funcionario.

En un escrito firmado por la secretaria judicial de refuerzo del juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, al que ha tenido acceso la Agencia Efe, se decreta el embargo de ese dinero y de los siguientes bienes que reciba Guerrero hasta cubrir la cuantía de 686.190.686,36 euros de fianza que le impuso la jueza Mercedes Alaya.

Así, se embargarán "retribuciones, rentas, sueldos o pensiones que en concepto de prestaciones contributivas perciba actualmente y asimismo en concepto de atrasos como funcionario del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía".

Ese embargo se hará en cumplimiento de lo acordado en sentencia dictada el 24 de marzo de 2014 de la Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, señala el escrito judicial.

Principal imputado de la trama

Guerrero, principal imputado en la causa de los ERE falsos, recurrió en su momento la decisión de la Junta de Andalucía de no admitir su reingreso como funcionario, y un juez le dio parcialmente la razón a la Junta al no permitir su vuelta al trabajo pero obligándola a otorgarle sus retribuciones básicas.

El juzgado obligó a la Junta a retribuir a Guerrero con su sueldo y trienios correspondientes en el periodo en el que no estuvo trabajando, una cifra que ascendió a 26.565 euros, sin contar las correspondientes deducciones de seguridad social e IRPF.

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