Empleados del Ayuntamiento podrán trabajar una hora menos para cuidar a un menor o un familiar discapacitado

El juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia ha fallado a favor de los trabajadores del Ayuntamiento de la ciudad que han presentado demanda, al reconocer su derecho a seguir disfrutando de una hora de reducción de jornada sin deducción de retribuciones, en el caso de tener un menor o un disminuido físico, psíquico o sensorial a su cargo, o para aquellos empleados que padezcan una larga enfermedad.

El juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia ha fallado a favor de los trabajadores del Ayuntamiento de la ciudad que han presentado demanda, al reconocer su derecho a seguir disfrutando de una hora de reducción de jornada sin deducción de retribuciones, en el caso de tener un menor o un disminuido físico, psíquico o sensorial a su cargo, o para aquellos empleados que padezcan una larga enfermedad.

Así lo ha informado UGT en un comunicado, en el que ha explicado que el Ayuntamiento de Valencia había suprimido este derecho a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/12 —de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria— alegando, que a partir de ese momento, este permiso no se contempla en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que la normativa autonómica ya no es de aplicación al personal funcionario de las administraciones locales y que se suspenden acuerdos, pactos y convenios que contradigan el EBEP.

De esta manera, según el sindicato, el Ayuntamiento interpretaba la norma "de forma más restrictiva que el propio ministro Montoro". En este sentido, UGT ha indicado que éste es un permiso que constaba en el acuerdo de condiciones laborales del personal funcionario del Ayuntamiento, y el Juzgado incide en que dejar sin efectos acuerdos, pactos y convenios sólo puede realizarse "en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición. O de similar naturaleza".

Por tanto, da la razón a la UGT y falla en contra de la corporación puesto que este Acuerdo fue ratificado por el Gobierno local y los sindicatos, y no se puede dejar sin efecto en dicho permiso.

En concreto, ha explicado que el Ayuntamiento de Valencia dejó sin efecto la reducción de jornada de una hora sin descuento salarial e instó a todo el personal que la tenía reconocida a renunciar al derecho o, en caso contrario, le aplicaría la consiguiente deducción retributiva. Una medida más de recortes y supresión de derechos, que de momento los juzgados han tumbado.

La acción que llevó a cabo UGT fue que entendiendo que ese derecho seguía en vigor y que se trataba de "un injusto recorte más en materia de conciliación", tras varias peticiones sobre su mantenimiento en la Mesa General, decidió poner sus servicios jurídicos a disposición de todos los trabajadores y trabajadoras afectados. Así, tras las correspondientes desestimaciones en vía administrativa, UGT interpuso recurso contencioso-administrativo para cada uno de los trabajadores afectados que así lo solicitó.

UGT va a solicitar ya al Ayuntamiento que no recurra las sentencias y haga extensivo el derecho a todos los afectados manteniendo vigente el texto del acuerdo laboral en los términos que establece la sentencia.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento