El número de profesiones de colegiación obligatoria será de 38, frente a las 80 que existen en la actualidad. Quedarán fuera profesiones jurídicas y técnicas en régimen de dependencia laboral como, por ejemplo, abogados de empresa y arquitectos e ingenieros que no firmen proyectos ni dirijan obras.Según fuentes conocedoras del anteproyecto de ley de servicios y colegios profesionales que ultima el Gobierno, la cuota de inscripción en los colegios se suprimirá. La cuota anual no podrá sobrepasar los 240 euros, aunque con la posibilidad de aumentarla por mayoría cualificada de tres quintos de la asamblea colegial.Además, los colegios de pertenencia obligatoria deberán ofrecer bonificaciones del 75 % de la cuota a los profesionales en desempleo, y no se podrá exigir a los colegiados la contratación del seguro ofrecido por el colegio.La colegiación será obligatoria para médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles, así como las ingenierías e ingenierías técnicas reguladas.
Las profesiones de colegiación obligatoria disminuirán de 80 a 38
- Quedan fuera profesiones jurídicas y técnicas en régimen de dependencia laboral.
- La cuota de inscripción en los colegios se suprimirá.
- La cuota no podrá sobrepasar los 240 euros.
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