Un juzgado rechaza por "abusiva" la ejecución de dos hipotecas por impago de varias cuotas

Banco Santander y Liberbank declararon el vencimiento anticipado de sendos préstamos tras el impago de tres y cinco mensualidades

El Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Santander ha rechazado la ejecución de sendas hipotecas del Banco Santander y Liberbank, al considerar "abusivo, desproporcionado e injustificado" que las entidades bancarias declaren el vencimiento anticipado del préstamo pendiente y reclamen a los clientes todo lo adeudado de una sola vez, ante el impago de tres y cinco cuotas, respectivamente.

En sendas sentencias recogidas por Europa Press, el magistrado recuerda que la ley hipotecaria de mayo de 2013 condiciona la facultad de instar la ejecución de un préstamo hipotecario al impago de al menos tres plazos.

Pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo precisa que estas cláusulas de vencimiento anticipado sólo serán de aplicación en supuestos de "insolvencia sobrevenida del deudor o claro peligro de que no pueda atender la prestación principal, como sucede cuando el número de cuotas impagadas es tan elevado y reiterado en el tiempo que cabe deducir que el deudor no va a pagar ninguna cuota más, es decir, que nunca va a devolver el préstamo".

En ambos casos, el magistrado declara nulas por abusivas dichas cláusulas sobre el vencimiento anticipado, dejándolas sin aplicación, y se opone a la ejecución forzosa de las hipotecas, al entender que "en absoluto se objetiva que el ejecutado se halle en una situación de pleno y definitivo incumplimiento de sus obligaciones esenciales, ni en una situación de insolvencia sobrevenida y absoluta, que evidencien que ya no va a poder devolver el préstamo".

En el caso de la hipoteca de Liberbank, la sentencia señala que el cliente ha estado durante seis años y medio haciendo frente a los pagos de forma regular y sin incurrir en mora, salvo en dos ocasiones puntuales, lo que supone un cumplimiento de "más del 90%"; que el impago puntual y continuado de un total de cinco cuotas vino precedido del completo abono de los atrasos; y que en los siete meses transcurridos entre el inicio de la mora y el cierre de la cuenta, la deuda se ha incrementado en apenas 700 euros, lo que supone el 0,5% de la deuda total, "además de una cantidad escasamente superior al importe de una cuota mensual".

La titular de la hipoteca del Banco Santander llevaba 11 años pagando las cuotas de forma regular y sin retrasos, más del 50% de la vigencia total del préstamo, que tiene un plazo de amortización de 20 años. La sentencia señala que la entidad, ciñéndose al "tenor literal" de la ley, canceló anticipadamente el préstamo ante el impago puntual de "tan solo" tres cuotas.

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