Los condenados recurrirán la sentencia al entender que es injusta, dura y que no se ajusta a la realidad

Ninguno de ellos acude personalmente a recoger la sentencia notificada este miércoles y delegan en abogados y procuradores

El exconseller de Solidaridad y Ciudadanía y actual diputado No Adscrito en las Corts, Rafael Blasco, y las otras ocho personas que han sido condenadas por malversación de caudales en la primera pieza del 'caso Cooperación' tienen previsto recurrir la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ante el Tribunal Supremo (TS) al entender que los hechos considerados probados no se ajustan a la realidad y considerar la resolución injusta y dura, según ha podido saber Europa Press.

El tribunal ha dado a las partes cinco días para anunciar el recurso ante el TS, que empiezan a contar desde este miércoles, cuando se ha notificado la resolución de forma conjunta a los acusados, que han evitado acudir al TSJCV para recoger personalmente la sentencia, y han estado representados por sus procuradores y abogados. Así, han eludido una concentración a las puertas de representantes de la Coordinadora de ONG, que han expresado su satisfacción por la condena al grito de 'Sí se puede'.

En caso de ser recurrida, el Alto Tribunal la estudiaría y le daría prioridad frente a otros procedimientos puesto que se trata de una causa con preso —está en prisión el cabecilla de la trama, Augusto César Tauroni—. Así, el TS podría pronunciarse sobre los recursos en unos seis u ocho meses, frente al año o año y medio que suele tardar de forma habitual.

Si finalmente el TS confirmara la sentencia del TSJCV, los condenados —todos ellos excepto el ex director general de la Conselleria Josep María Felip, que ha sido condenado a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público— tendrían que ingresar en prisión, puesto que se les han impuesto penas superiores a los dos años.

Y ello pese a la edad (Blasco tiene 70 años), puesto que la ley no establece un máximo para entrar en la cárcel, aunque sí unas concesiones o circunstancias especiales —como enfermedad grave— para presos mayores de 70 años, según han explicado fuentes jurídicas.

Blasco y Tauroni han sido los condenados a una mayor pena, a un total de ocho años de cárcel y a 20 de inhabilitación para empleo o cargo público. A ellos les siguen la ex secretaria general de la Conselleria Tina Sanjuán, con siete años, seis meses y un día de cárcel, así como a 17 años y medio de inhabilitación; y el exsubsecretario Alexandre Català, que cumplirá cuatro años, seis meses y un día de cárcel; al igual que el exjefe del servicio de Cooperación, Marc Llinares.

Por su parte, la condena para el exjefe de gabinete de Blasco, Xavier Llopis, es de tres años de cárcel; al presidente de la Fundación Cyes, Marcial López, de cuatro años de prisión; y para una trabajadora de esta fundación y pareja de este último, Josefa Cervera Tomás, tres años y seis meses. El único de los procesados que no tiene pena de cárcel es Josep María Felip, a quien se le han impuesto siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación.

Papel de cada condenado

Sobre la participación de cada condenado en los hechos, el tribunal señala que Blasco tuvo un "papel director", como la persona que no solo otorga de forma directa mediante la correspondiente resolución las subvenciones pese a no resultar procedentes, sino que a la par, en todo momento dirige a sus colaboradores con el fin de lograr sus propósitos.

Así mismo, sitúa la intervención de Tauroni en que fue el que intermedió para conseguir las subvenciones y pactó llevarse un 25 por ciento de lo otorgado a la Fundación Cyes como comisión, cantidad que se intentó enmascarar con unos trabajos "falsos" que no llegaron a realizarse y por los que se emitieron facturas.

Respecto a Tina Sanjuán, el tribunal indica que su participación en los hechos es "palmaria" puesto que es ella la que remitió a la empresa evaluadora los expedientes de la fundación, reclamó un "interesado" informe jurídico y le fueron entregados informes manipulados. También destaca su participación custodiando los expedientes y componiendo los mismos cuando surgió el escándalo.

Así mismo, los jueces subrayan el "papel" de Llinares, que fue quien "primero pone coto" a cualquier objeción de los técnicos y da por válidas las facturas aportadas por la Fundación Cyes para suplir el dinero destinado a la compra de pisos; y el de Felip, quien suscribe los expedientes. Sobre este último, señala que queda probado que desconocía las irregularidades en las ayudas a Nicaragua, pero no las de los otros tres pequeños proyectos, ya que cuando los firmó ya había surgido el escándalo mediático.

Sobre Catalá, señala que después de iniciar un expediente de reintegro por unos conceptos determinados a la Fundación Cyes, "pasa después a ignorarlo completamente", aceptando con ello la solución paralela ofrecida de incorporar cualquier tipo de documento que mínimamente representara un pago, suscribiendo una resolución por la que concretaba qué facturas fueron admitidas y cuáles no.

En relación con Xavier Llopis, el tribunal le atribuye un delito de falsedad documental al remitir a la Fiscalía, con el fin de justificar la legalidad de la actuación de la Conselleria, una relación de facturas e informes que resultaron ser alterados, "compulsándolos al efecto".

Por último, recrimina a Marcial López que ha convertido la cooperación "en su medio de vida", desviando en su propio beneficio la práctica totalidad de los fondos; y dice que su pareja, Cervera, siguió un criterio "similar" a éste, aunque desempeñando un papel "accesorio".

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