Educación confirma readmisión de monitores en proceso "individual" que solo acogerá a los que cuenten con fallo a favor

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía ha confirmado que procederá a la readmisión de los auxiliares o monitores administrativos de centros educativos andaluces afectados por la pretensión de la administración autonómica de asumir sus labores mediante una oferta de empleo público, y que ya cuentan con tres sentencias de Cádiz y Córdoba que reconocen la improcedencia de su despido por cesión ilegal de trabajadores.
Protesta de monitores escolares
Protesta de monitores escolares
EUROPA PRESS/M.G.
Protesta de monitores escolares

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía ha confirmado que procederá a la readmisión de los auxiliares o monitores administrativos de centros educativos andaluces afectados por la pretensión de la administración autonómica de asumir sus labores mediante una oferta de empleo público, y que ya cuentan con tres sentencias de Cádiz y Córdoba que reconocen la improcedencia de su despido por cesión ilegal de trabajadores.

Así, fuentes del departamento que encabeza Luciano Alonso han indicado a Europa Press que el Ejecutivo andaluz optará por la readmisión frente a la indemnización de entre las dos opciones a las que aluden los fallos judiciales, y que se está trabajando para llevar a cabo esta resolución con la mejor fórmula posible.

Sin embargo, la Junta ha especificado que este paso se llevará a cabo mediante un proceso "individual" que solo acogerá a aquellos monitores que hayan denunciado judicialmente el caso y que cuenten con una sentencia favorable.

En la última resolución conocida, el Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz ha declarado improcedentes los ceses en sus labores de 38 auxiliares, en una sentencia que se une a otras iniciales de Córdoba en las que se hacía lo propio con las demandas de 16 de estos trabajadores.

El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, reconoce el tiempo de antigüedad de estas personas, así como la condición de monitor que 'de facto' han desempeñado durante sus años de servicio. Asimismo, mientras que en 34 casos se condena a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte a que en cinco días opte entre readmitir —con los salarios no percibidos desde el cese, o desde septiembre de 2013 las no llamadas— o indemnizar, en otros cuatro, miembros del comité de empresa, deja directamente en manos de los propios trabajadores la decisión.

El juzgado expone detalladamente los hechos que desembocaron en la actual situación, pasando por la denuncia ante la Inspección de Trabajo en la que ya se apuntaba a una cesión "ilegal". De esta manera, el magistrado considera que existe una decisión de despido "sin causa" de la empresa STI, en tanto que el contrato de trabajo tenía como fecha "hasta el final de la contrata", que era hasta mediados de noviembre de 2013.

Son así decisiones calificadas como "de despido improcedente pero en relación de fijos discontinuos", subraya el juzgado, para el que la situación de cesión ilegal es "generalizada de origen y de continuidad", en tanto que las contratantes abonan los sueldos y tienen la documentación usual de quien es empresario, pero "no ejercen control directo y efectivo sobre el trabajo que realizan los demandantes, ni llevan la organización, dirección del trabajo y funciones que se realizan".

Asimismo, se señala que no hay prueba alguna de que las empresas ejercitasen potestades empresariales sobre las funciones y actividad diaria del personal, ya que "la empresa lo único que hace es firmar un contrato de trabajo, cumplir deberes, abonar la retribución y comunicar el cese".

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