La jueza del metro vuelve a rechazar suspender testificales por no ver necesario el organigrama de FGV

La magistrada que investiga el accidente de la Línea 1 de Metrovalencia ha vuelto a rechazar la suspensión de las testificales pendientes al no considerar "imprescindible" o "necesario" el organigrama de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) para poder interrogar a los mecánicos que realizaron las revisiones de la unidad siniestrada en los años 2005 y 2006.
Concentración Asociación Víctimas del Metro 3 de Julio de Valencia
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EUROPA PRESS
Concentración Asociación Víctimas del Metro 3 de Julio de Valencia

La magistrada que investiga el accidente de la Línea 1 de Metrovalencia ha vuelto a rechazar la suspensión de las testificales pendientes al no considerar "imprescindible" o "necesario" el organigrama de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) para poder interrogar a los mecánicos que realizaron las revisiones de la unidad siniestrada en los años 2005 y 2006.

Así consta en un auto, dictado por la magistrada Nieves Molina, que investiga el accidente de metro registrado en el año 2006 que costó la vida a 43 personas y provocó heridas a otras 47. Esta jueza sobreseyó inicialmente la investigación, pero la tuvo que reabrir tras ordenárselo la Audiencia Provincial de Valencia.

De esta forma, la magistrada desestima el recurso de reforma interpuesto por una de las partes de la acusación contra una providencia en la que se acordaba denegar la solicitud de suspensión de las declaraciones de los testigos ya señalados hasta la recepción del organigrama de FGV e identificación de las oficinas técnicas.

La jueza, tras estudiar la petición —a la que también se adhirieron el resto de acusaciones—, ha decidido no admitirla al entender que el organigrama de FGV, la identificación de las oficinas técnicas o la del departamento o personal relacionado con el mantenimiento o programación de las balizas "no resulta imprescindible o necesario para poder interrogar a los mecánicos que realizaron las revisiones de la unidad siniestrada en los años 2005 y 2006".

Al respecto, indica que los mecánicos podrán aportar datos de interés en relación con el desempeño de su concreto trabajo o cometido, "más poco podrán ilustrar sobre el trabajo llevado a cabo por otros departamentos o servicios, departamentos o servicios cuyas concretas competencias muchos de ellos manifestaron desconocer".

Este desconocimiento, agrega, "viene justificado por la falta de relación directa entre éstos y dichos departamentos, no por una intención de querer ocultar dichos datos al juzgado, como insinúan las partes, si se tiene en cuenta la facilidad para acceder a los mismos mediante la pertinente petición a la entidad ferroviaria, como así se hizo".

Por otro lado, en otro auto, la magistrada desestima también el recurso interpuesto contra una providencia que acordaba denegar deducir testimonio contra uno de los testigos que declaró el 7 de marzo por si hubiera cometido delito de falso testimonio. La jueza indica que éste no es el momento procesal oportuno para interesar la deducción de testimonio, puesto que tiene que hacerse en el momento del juicio o una vez se hayan sobreseído las actuaciones.

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