La Federación Vecinal pide inhabilitar por dos años al alcalde de Valladolid por el caso de los áticos de Zorrilla

La multa solicitada por delito continuado de desobediencia se eleva a un total de 90.000 euros
Francisco Javier León De La Riva
Francisco Javier León De La Riva
EUROPA PRESS
Francisco Javier León De La Riva

La Federación de Asociaciones de Vecinos Antonio Machado ha solicitado la inhabilitación del alcalde por espacio de dos años para el desempeño de cargo público por un delito de desobediencia relacionado con los retrasos de las obras en el proceso de legalización del antiguo edificio de Caja Duero en la plaza de Zorrilla, donde reside el munícipe.

En su escrito de calificación provisional de los hechos, Carlos Castro, en representación de la federación vecinal, personada en la causa como acusación particular, tipifica la conducta del regidor como un delito continuado de desobediencia, del artículo 410.1 del Código Penal, en relación con el artículo 74, y pide su inhabilitación por dos años para el cargo de alcalde o concejal y el pago de una multa de 12 meses con una cuota diaria de 250 euros, es decir, un total de 90.000 euros, amén del pago de las costas procesales, según pudo saber Europa Press en fuentes jurídicas.

La cuantía de la multa toma como referencia los 250 euros que León de la Riva percibe a diario en su cargo de alcalde, de ahí la pretensión de la federación vecinal de que la sanción pecuniaria le cause el mismo quebranto que a cualquier otro ciudadano con unos ingresos mucho más modestos.

La acusación particular recuerda que el alcalde "estaba obligado y era personalmente responsable de dar cumplimiento a la sentencia que había dictado el día 28 de abril de 2008 la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que anuló las licencias concedidas para el edificio de Zorrilla con Santiago, y a pesar de los sucesivos requerimientos del tribunal, que llegó a requerirle hasta en cinco ocasiones, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad penal, no le dio cabal cumplimiento hasta después de haber formulado el fiscal la denuncia que ha dado lugar a este proceso".

De lo actuado, la agrupación vecinal considera que ha quedado demostrada la actuación delictiva de León de la Riva debido a sus "reiteradas negativas" a cumplir lo requerido con insistencia por el tribunal, y ello a pesar de su condición de alcalde, junto con el hecho de ser propietario de una de las viviendas del inmueble y vicepresidente de la entidad inicialmente propietaria de la totalidad del edificio antes de la rehabilitación.

Así, la acusación particular censura que se han tardado cinco años en ejecutar unos trabajos cuya duración sería de cinco meses, "y jamás se ha llegado a hacer efectivo el cese de la utilización del edificio, uso que era ajeno a cualquier clase de obras y que fue también expresamente ordenado".

Presentada la petición de pena por parte de la acusación particular, falta por saber aún la que formulará la acusación pública ejercida por el Ministerio Fiscal, ya que la solicitud de la defensa del primer edil vallisoletano será la libre absolución con todos los pronunciamientos.

El caso fue sobreseído inicialmente por el Juzgado de Instrucción número 2, si bien los recursos de las acusaciones pública y particular ante la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid llevaron a este tribunal a instar al juez instructor a que continuara las diligencias contra el alcalde por desobediencia, delito por el que ocupará finalmente banquillo en un juzgado de lo penal de la ciudad.

Actitud "contumaz,

Rebelde y obstinada"

En sus recursos, los acusadores, como así vuelve a hacer ahora la federación vecinal, recordaban la inicial sentencia de abril de 2008 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León—ratificada en septiembre— que anuló licencias y obligaba a demoler áticos en dicho inmueble creados a partir de unos trasteros, así como, sobre todo y a causa del no cumplimiento de dicho fallo, los autos de 16 de junio de 2009 y posteriores de julio de 2010, marzo de 2011 y marzo de 2012 que ordenaron al alcalde, "bajo su directa y personal responsabilidad" y en un plazo de tres meses, ejecutar la demolición de las obras de rehabilitación y a reconstruir los elementos protegidos ilegalmente demolidos o modificados.

Así, el Ministerio Fiscal señalaba que tanto la actuación del sujeto requerido, el alcalde, como el obligado, el Ayuntamiento, denotan "la intención de desobedecer, como negativa u oposición voluntaria, tenaz, contumaz y rebelde, obstinada y recalcitrante a acatar el mandato, que revela el propósito de desconocer deliberadamente la decisión de la autoridad judicial".

De hecho, el recurso incidía en que León de la Riva, tras haber sido designado como órgano responsable para el cumplimiento de la sentencia, se ausentó de las sesiones de la Junta de Gobierno Local cuando se iba a abordar la aprobación de los distintos proyectos de restitución del inmueble a la legalidad, "para no participar en el debate y votación de ese punto del orden del día".

Dicha abstención, "que no se produjo cuando se votaron los acuerdos anulados, a pesar de que el imputado estaba en trámites de adquirir una vivienda en el inmueble a que se referían aquellos, colmaría igualmente la tipicidad de desobediencia en cuanto también revela una reiterada y evidente pasividad a lo largo del tiempo, no dando cumplimiento al mandato judicial", actuación que "excede, sin lugar a duda, del ámbito residual de la falta y debe residenciarse en el delito".

En su día, el 7 de noviembre de 2012, el alcalde declaró en sede judicial en calidad de imputado para atribuir a cuestiones técnicas, derivadas de la falta de una "documentación fiable", la dificultad de atender la exigencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de restituir la legalidad en el edificio de la Plaza de Zorrilla, en el que se autorizó un exceso de edificabilidad y donde, casualmente, el munícipe, cuenta con una vivienda.

De este modo, León de la Riva mantuvo que "la voluntad del alcalde ha sido siempre la de cumplir la sentencia, y así lo ha hecho decreto tras decreto", en alusión a los distintos proyectos de restitución anulados sucesivamente por el TSJCyL debido a los problemas a los que se enfrentan los técnicos municipales a la hora de saber cuál es el edificio original.

Y es que, según precisó entonces, el edificio, que es de 1950, fue declarado protegido en 1997, si bien cuando se protegió no se sabía a ciencia exacta si tal protección afectaba al inmueble original o a las múltiples modificaciones realizadas en los últimos cuarenta años.

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