CyL destina 8 millones de euros en 2014 para desempleados que hayan agotado todas las prestaciones

La comunidad autónoma de Castilla y León destinará este año 8 millones de euros, ampliables de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, para los trabajadores desempleados que participen en Programas Personales de Integración y Empleo (PIE), según la orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).
Imagen De Una Oficina Del Ecyl En Valladolid
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EUROPA PRESS
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La comunidad autónoma de Castilla y León destinará este año 8 millones de euros, ampliables de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, para los trabajadores desempleados que participen en Programas Personales de Integración y Empleo (PIE), según la orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Estas ayudas económicas, convocadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, están dirigidas a los trabajadores desempleados y persiguen la mejora de su empleabilidad e inserción laboral.

"Las ayudas económicas tienen por objeto incentivar a aquellos trabajadores desempleados que participen en acciones de orientación, formación y prospección para la inserción, desarrolladas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, a través de programas personales de integración y empleo, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León", han indicado las mismas fuentes.

Los beneficiarios de estas ayudas serán los trabajadores desempleados que hayan extinguido por agotamiento las ayudas económicas de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Tampoco podrán haber trabajado por cuenta propia ni ajena durante más de un mes desde la fecha en la que extinguió, por agotamiento, la ayuda, en su cuarta o quinta convocatoria, del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Según ha establecido el Servicio Público de Empleo, no podrán percibir las ayudas económicas las personas que sean o hayan sido beneficiarias de la ayuda por participar en el PIE en cualquiera de sus convocatorias, ni las que hayan percibido la prestación extraordinaria del programa temporal por desempleo e inserción (PRODI) o agotado o pudieran tener derecho a la renta activa de inserción.

Tampoco si han agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo agrario, ambos a favor de las personas trabajadoras eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social o del nuevo Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrario del Régimen General de la Seguridad Social, o su equivalente en las comunidades autónomas, en alguna de sus convocatorias.

Otros de los requisitos para percibir estas ayudas es estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León —a estos efectos se considera como desempleados a los demandantes de empleo no ocupados— y tener una inscripción ininterrumpida como demandante de empleo de, al menos, 6 meses.

Además, deberán suscribir el compromiso de participar en las acciones de orientación, inserción, formación y búsqueda de empleo correspondientes a este programa y no ser beneficiarios de ningún tipo de prestaciones o subsidios de desempleo, renta agraria o renta activa de inserción, u otras destinadas a la misma finalidad, ni reunir los requisitos para ser beneficiario de la renta activa de inserción, ni de cualquier programa estatal cuya finalidad sea sustancialmente idéntica al que es objeto del presente programa.

Los beneficiarios deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León desde el 1 de enero de 2012, como mínimo, y carecer de rentas de cualquier naturaleza en cómputo mensual superiores al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias (SMI).

Según las bases de la convocatoria, dentro de la misma unidad familiar no podrá coexistir más de un beneficiario de forma simultánea, a excepción de aquellas unidades familiares que tengan dos o más hijos menores de edad o uno solo, con independencia de su edad, con una discapacidad reconocida igual o superior al 65 por ciento.

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