Imputadas dos directoras generales denunciadas por SAF por la negativa a facilitar información de efectivos

El Juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla ha dictado un auto por el que ha citado como imputadas a la directora general de Recursos Humanos y Función Pública, Isabel Mayo, y a la directora general de Planificación y Organización de los Servicios Públicos, María Teresa Castillo, que habían sido denunciadas, vía penal, por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ante la "negativa a facilitar información de efectivos reales, dotación de vacantes de las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y contratación de externos".

El Juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla ha dictado un auto por el que ha citado como imputadas a la directora general de Recursos Humanos y Función Pública, Isabel Mayo, y a la directora general de Planificación y Organización de los Servicios Públicos, María Teresa Castillo, que habían sido denunciadas, vía penal, por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ante la "negativa a facilitar información de efectivos reales, dotación de vacantes de las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y contratación de externos".

Según el auto, consultado por Europa Press, tanto Castillo como Mayo están citadas para el próximo 13 de marzo, al objeto de darles traslado de la denuncia y ser informadas de sus derechos. Ese día se fijará definitivamente día y hora para que ambas sean oídas como imputadas.

El juez considera en su auto, contra el que cabe interponer recurso de reforma o apelación en el plazo de tres días, que "existen los mínimos indicios de actuación ilícita penalmente reprobable que debe ser comprobada por este instructor", por lo que "es procesalmente pertinente imputar formalmente a las dos denunciadas, para que tras ser instruidas de sus derechos puedan ser oídas en declaración para que puedan dar una explicación sobre su actuación en relación con la denuncia presentada".

Según indica el SAF en una nota, éste es el segundo auto dictado por el juzgado sobre este tema y segundo en el que insiste que los hechos denunciados presentan "los mínimos indicios de actuación ilícita penalmente reprobable que debe ser comprobada por este instructor", ya que SAF ha alegado "una serie reiterada de sentencias y resoluciones judiciales que se han reflejado en sus escritos y que se dice incumplidas o no tenidas en cuenta por las denunciadas en relación a las peticiones del sindicato".

El SAF advirtió en la denuncia que las actuaciones de las titulares de las direcciones generales citadas pueden incurrir en posibles delitos de desobediencia de resolución judicial y contra los derechos de los trabajadores, artículos 410 y 315.1 del Código Penal.

La denuncia penal es el resultado del "peregrinaje" de solicitudes presentadas por SAF durante años, en ocasiones a las propias directoras generales denunciadas. Escritos donde el sindicato pedía información básica e imprescindible para defender los derechos de los funcionarios. Lamenta que la mayoría de estas peticiones, adjuntadas a la denuncia, no han tenido respuesta.

A principios de este año, SAF pidió por escrito a las directoras generales mencionadas la dotación de vacantes de las RPT de funcionarios, que en las oficinas y centros del Servicio Andaluz de Empleo y de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera apenas llega al 50 por ciento. Esta petición fue posterior al fallo firme del Alto Tribunal andaluz que declaró lesionado el derecho a libertad sindical de SAF.

El sindicato ha agregado que "la denegación a proporcionar los listados de efectivos reales de la Dirección General de Planificación y Organización estuvo excusada en que 'constan datos de carácter personal sin que medie el previo consentimiento expreso de cada uno de los interesados'", ante lo que el SAF recuerda que la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal reconoce que el consentimiento exigido no será preciso "cuando la cesión está autorizada en una ley, (*) cuando el tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la conexión de dicho tratamiento con ficheros de terceros". Agrega que la identificación de puestos y titulares se publica en las resoluciones de los concursos, en las adjudicaciones de PLD o en las concesiones de artículos 30 de la Ley 6/1985.

Por su parte, según indica el sindicato, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública "declinó que fuera su competencia y matizó que la dotación de puestos corresponde a los titulares de cada Consejería".

De esta forma, a juicio del SAF, "ambas directoras generales incumplieron la Ley 7/2007 y la Constitución Española y obstaculizando la labor de SAF, mayoritario en la Administración General de la Junta".

El SAF ha recordado que ha acudido a "todas las vías legales posibles" y ha obtenido a su favor allanamientos de la Junta y fallos firmes "que los titulares de los órganos administrativos siguen incumpliendo sistemáticamente".

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