Hacienda descarta impacto para CCAA por el céntimo sanitario porque "corresponde al Estado solventar las consecuencias"

La Conselleria de Hacienda y Administración Pública considera que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que declara ilegal el 'céntimo sanitario' y obliga a devolver el dinero recaudado con esta figura "no debe suponer ningún impacto negativo para las comunidades autónomas" porque "es un impuesto estatal" y, por tanto, "el Estado es el legislador y al que le corresponde solventar las consecuencias".
Generalitat Valenciana
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EUROPA PRESS
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La Conselleria de Hacienda y Administración Pública considera que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que declara ilegal el 'céntimo sanitario' y obliga a devolver el dinero recaudado con esta figura "no debe suponer ningún impacto negativo para las comunidades autónomas" porque "es un impuesto estatal" y, por tanto, "el Estado es el legislador y al que le corresponde solventar las consecuencias".

En declaraciones a Europa Press, fuentes de este departamento cifran en más de 1.359 millones de euros la cantidad recaudada por la Generalitat Valenciana entre 2003 y 2012 por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas sobre determinados Hidrocarburos.

Desde Hacienda indican que "hay que esperar a la sentencia y ver los planteamientos", así como "ver lo que ha prescrito, lo que no y, en todo caso, a quién se le podría devolver".

En cualquier caso, recuerdan que se trata de un impuesto estatal creado en 2002 como recurso adicional estatal para la financiación de la sanidad —con un tramo estatal de tarifas y otro autonómico que las comunidades podían establecer o no—, en el marco del anterior sistema de financiación autonómico recogido en la ley 21/2001.

En 2006, la Generalitat Valenciana estableció tipos autonómicos de ese impuesto para las distintas clases de combustibles —hasta entonces había recaudado vía transferencias del Estado— y después, en el marco del actual Plan de Estabilidad Presupuestaria 2012-2014, incrementó esos tipos de gravamen y fijó un tipo de devolución para el gasóleo profesional de los transportistas (48 euros por 1.000 litros).

"integrado dentro del sistema de financiación"

En su opinión, el fallo del TUE "no debe suponer ningún impacto negativo para las comunidades autónomas y, en todo caso, debe ser el Estado quien asuma posibles consecuencias porque el impuesto —gestionado por la Agencia Tributaria y del que las CCAA percibían sólo los rendimientos— está integrado dentro del sistema de financiación".

Desde la Conselleria de Hacienda enmarcan el establecimiento generalizado de los tipos autonómicos en la necesidad de suplir la falta de la necesaria revisión del propio sistema de financiación para incluir una dotación estructural adicional de ingresos para la sanidad, que cubra los gastos derivados del aumento de la población.

Aluden, en este punto, a la reivindicación de un nuevo modelo de financiación que cubra los servicios básicos de sanidad, educación y bienestar social en condiciones de igualdad y con independencia del nivel de renta, así como que se acoja a criterios de población, con una financiación centrada en personas, no en territorios.

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