La Audiencia condena a 89 años de cárcel al autor del triple crimen de Degaña

La sentencia sostiene que el procesado "tenía suficiente grado de conciencia y lucidez" cuando consumó los hechos violentos

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a la pena de 89 años y dos meses de prisión a José Manuel Álvarez Fernández por el triple crimen cometido en Degaña en la madrugada del 23 de mayo de 2011, según el fallo que ha facilitado a los medios el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

La Audiencia considera que José Manuel Álvarez es culpable de un delito consumado de asesinato, ya definido, sin concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad y le impone la pena de 25 años de prisión. Por un delito intentado de asesinato con la agravante de parentesco le impone la pena de 20 años de cárcel y privación de la patria potestad sobre los menores Marta y Sergio Álvarez Brugos.

Le condena a dos delitos consumados de homicidio a la pena para cada uno de ellos de 15 años de prisión y por un delito intentado de homicidio a la pena de 10 años de prisión.

Asimismo se le impone la pena de privación del derecho a acudir y residir en el término de Degaña y Ponferrada por un periodo de 10 años más al de la duración de las penas privativas des libertad reseñadas y la pena de prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a Silvia Brugos Rodríguez y a Isabel Rodríguez García de sus domicilios o centros de trabajo o formación, así como a cualquier otro lugar que las mismas frecuenten y de comunicarse con ellas, por cualquier tipo de medio, por un periodo de 10 años más al de la duración de las penas privativas de libertad.

Además por un delito de allanamiento de morada le condena a un año y dos meses de prisión y multa de ocho meses con una cuota de 8 euros día con un total de 1.920 euros.

Por un delito continuado de daños la pena de multa de 16 meses con una cuota de 8 euros día con un total de 3.840 euros y por un delito de atentado a la pena de tres años y un día de prisión.

INDEMNIZACIONES

Además José Manuel Álvarez Fernández deberá abonar 1.220.497,48 euros en indemnizaciones, en concepto de responsabilidad civil. A Silvia Brugos Rodríguez en 313.230,84 euros y en nombre de sus hijos menores Marta y Sergio Álvarez Brugos en 15.000 euros para cada uno de ellos.

A Isabel Rodríguez García en 318.670,56 euros. A Juan José Brugos Rodríguez en 200.000 euros. A Argimiro Marqués Marqués y Ángela Vado Hernández en 305.152,91 euros. A Argimiro y Ana Marqués Vado la cantidad de 50.000 euros para cada uno. Al Ministerio del Interior en 325,83 euros y al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) en 3.117,34 euros.

No padece ninguna enfermedad mental

En la sentencia, la Audiencia sostiene que en cuanto a la posible existencia de enfermedad mental "no existe informe alguno en la causa que constate que el procesado tenga algún tipo de antecedente psiquiátrico, hallándose únicamente diagnosticado de trastorno ansioso depresivo a tratamiento a raíz de la crisis matrimonial, trastorno éste que según dictamen forense de imputabilidad no afecta a sus capacidades volitivas ni intelectivas teniendo capacidad para conocer y comprender las conductas que son lícitas y las que no lo son, y actuar en consecuencia".

Y refleja que tras estudiar los informes psicológicos se los forenses "nos lleva a descartar que José Manuel Álvarez tuviese turbadas sus facultades intelectivas o volitivas, estimando por el contrario que tenía suficiente grado de conciencia y lucidez para apercibirse del modo y manera de la agresión consumada".

Los hechos

Los sucesos se remontan al mes de mayo de 2011 cuando supuestamente José Manuel Álvarez vecino de la localidad leonesa de Caboalles de Abajo y de 42 años, irrumpió en el domicilio de su ex mujer y protagonizó un episodio violento que se saldó con las muertes de J.M.V, de 33 años, y actual pareja de la ex mujer; R.B.R, de la misma edad, y hermano de la mujer y M.A.B.A, de 61 años y padre de la mujer, una concejal socialista que también resultó herida.

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