Imputan desobediencia a la exdirectora de Innova y su letrada por salir del juzgado por el aparcamiento

El Juzgado de Instrucción 3 de Reus ha imputado un presunto delito de desobediencia a la exdirectora de la empresa pública Innova Ester Ventura y a su letrada, Olga Vázquez, por abandonar el 13 de febrero los juzgados por el parking del edificio tras declarar como imputada, para evitar a los periodistas pese a la prohibición del juez de salir por otro sitio que no fuese la puerta principal.

El Juzgado de Instrucción 3 de Reus ha imputado un presunto delito de desobediencia a la exdirectora de la empresa pública Innova Ester Ventura y a su letrada, Olga Vázquez, por abandonar el 13 de febrero los juzgados por el parking del edificio tras declarar como imputada, para evitar a los periodistas pese a la prohibición del juez de salir por otro sitio que no fuese la puerta principal.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Diego Álvarez, ha citado a declarar a la exdirectora el 25 de febrero a las 16.30 horas, y a las 17.00 horas a la abogada para dar explicaciones sobre este suceso.

Ventura —esposa del presidente de la Diputación de Tarragona y alcalde de Vila-seca, Josep Poblet (CiU)— está imputada en el presunto caso de corrupción relacionado con el holding empresarial municipal Innova, en el que está encausado, entre otros, el expresidente del Instituto Catalán de la Salud (ICS) Josep Prat.

Según el auto, Ester Ventura cometió un delito de desobediencia y su abogada fue cooperadora necesaria, ya que ambas abandonaron el edificio de los Juzgados de Reus por el parking después de que el juez les indicase expresamente "que solo estaba disponible la puerta principal".

El juez les advirtió de que "todos los ciudadanos, incluidos los imputados, debían acceder y salir por esa puerta, sin distinciones", y les dijo que no se podía salir por el parking del edificio al ser una dependencia privada y de uso interno del personal del Juzgado.

En su declaración ante el juez, los vigilantes de seguridad confirmaron que acompañaron a Ester Ventura y su abogada al aparcamiento el día de su declaración el 10 de febrero después de que manifestasen que habían entrado por allí, consiguiendo que les abrieran dicha puerta.

Por ello, el juez considera que de forma indiciaria, las dos le desobedecieron al salir de los juzgados por donde se les había advertido que no podían hacerlo, "un mandato expreso, concreto y terminante de hacer o no hacer una determinada conducta".

Considera que esta actuación "se habría materializado la negativa y oposición voluntaria, obstinada o contumaz a la orden, que revela el propósito de desconocer deliberadamente la decisión de la autoridad".

Ante esta conducta, el juez recoge sentencias del Supremo que afirman que, "si el bien jurídico protegido es el concreto ejercicio de la administración al servicio de los ciudadanos, pocas cosas agreden más a ese servicio como el incumplimiento de los mandatos judiciales".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento