Juez caso Umbra declara secreto un informe que podría corresponder al patrimonio del alcalde de Murcia

El magistrado que instruye el 'caso Umbra' de presunta corrupción urbanística en el municipio de Murcia, David Castillejos, ha declarado secreto un informe, de 22 folios, que podría corresponder al patrimonio del alcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevas comprobaciones, puesto que "el contenido del documento arroja un resultado que obliga a practicar otras diligencias para esclarecer los hechos investigados".
Miguel Ángel Cámara, En Los Juzgados
Miguel Ángel Cámara, En Los Juzgados
EUROPA PRESS
Miguel Ángel Cámara, En Los Juzgados

El magistrado que instruye el 'caso Umbra' de presunta corrupción urbanística en el municipio de Murcia, David Castillejos, ha declarado secreto un informe, de 22 folios, que podría corresponder al patrimonio del alcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevas comprobaciones, puesto que "el contenido del documento arroja un resultado que obliga a practicar otras diligencias para esclarecer los hechos investigados".

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el juez señala que "estas nuevas diligencias podrían determinar la lógica explicación de la información que ya consta o, por el contrario, requerir mayores datos".

En el segundo supuesto, añade, "podría frustrarse el fin de la investigación". Podrían no ser necesarias esas diligencias, "opción que actualmente no es posible determinar", indica, por tanto, "con el fin de completar la información y para no perjudicar posibles y no descartables pruebas futuras, se hace preciso acordar el secreto parcial de actuaciones, que vendrá referido únicamente a este documento y entretanto se completa la investigación".

Incluso, prosigue el auto del magistrado, una vez declarada la situación, "este secreto podría ser beneficioso para el afectado o afectados" pues "no es lo mismo arrojar una información parcial, que otra más completa que explique lo que en principio podría resultar motivo de imputaciones delictivas" y reitera que la información "no afecta a la mayor parte de imputados" en el caso.

Por último, recuerda el artículo 302,2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice, que "si el delito fuere público, podrá el juez de instrucción, a propuesta del Ministerio Fiscal, de cualquiera de las partes personadas o de oficio, declararlo, mediante auto, total o parcialmente secreto para todas las partes personadas, por tiempo no superior a un mes y debiendo alzarse necesariamente el secreto con diez días de antelación a la conclusión del sumario".

En aplicación de tal precepto "resulta procedente acordar el secreto del documento, formando pieza separada a tal efecto con testimonio de esta resolución y ello por plazo de un mes", concluye el auto de Castillejos.

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