Absueltos los siete acusados de estafar a una aseguradora inventando un accidente de tráfico

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto a las siete personas --identificadas como F.M.T., R.M.G., V.J.C.O., J.G.C., M.J.R.G., S.C.S. y E.R.M.-- que la pasada semana fueron juzgadas por un presunto delito de estafa en grado de tentativa cometido en Linares contra una compañía aseguradora, al entender que "no ha resultado debidamente justificado que dichos acusados se pusieran de acuerdo para confeccionar el parte amistoso referido al accidente de circulación por alcance del día 29 de julio de 2010; ni que éste se produjera en realidad con consecuencias lesivas para los ocupantes de los vehículos implicados".

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto a las siete personas —identificadas como F.M.T., R.M.G., V.J.C.O., J.G.C., M.J.R.G., S.C.S. y E.R.M.— que la pasada semana fueron juzgadas por un presunto delito de estafa en grado de tentativa cometido en Linares contra una compañía aseguradora, al entender que "no ha resultado debidamente justificado que dichos acusados se pusieran de acuerdo para confeccionar el parte amistoso referido al accidente de circulación por alcance del día 29 de julio de 2010; ni que éste se produjera en realidad con consecuencias lesivas para los ocupantes de los vehículos implicados".

Así lo recoge la sentencia de la Sección Primera, fechada el día 27 y recogida por Europa Press, en la que el tribunal razona que "ciertamente es muy difícil demostrar que un accidente de circulación no se produjera en la realidad, cuando siete personas afirman su existencia y resulta corroborada por los partes de asistencia médica que seis de ellos demandaron del hospital de la localidad donde residen, en los que se describen lesiones perfectamente compatibles con un accidente de circulación producido por alcance".

De esta manera, lo que considera probado el tribunal es que la compañía aseguradora demandante "formuló denuncia (...) en mayo de 2011 contra los siete acusados, poniendo en conocimiento en síntesis que todos ellos se habían puesto de acuerdo para confeccionar el 29 de julio de 2010 un parte de declaración amistosa de accidente de tráfico indicando que habían sufrido un accidente a las 17,07 horas de dicho día en la ciudad de Linares".

Ante "el conocimiento posterior de existir diversos lesionados y por la escasa entidad de los daños" de uno de los coches supuestamente implicados en el accidente, la aseguradora decidió "investigar el siniestro". Además, la compañía daba por seguro que "los acusados, salvo F.M.T., presentaron dos demandas en reclamación de cantidad en concepto de resarcimiento de los daños personales sufridos en el inexistente accidente de circulación, con la evidente intención de estafar a la aseguradora denunciante".

Para fundamentar su fallo absolutorio, el tribunal de la Sección Primera alega que el hecho de que el coche que supuestamente recibió un golpe por detrás presentara "escasos daños" no es "en absoluto suficiente para deducir (...) que el accidente en cuestión no ocurrió y que nada menos que siete personas, tres de un vehículo y cuatro de otro, que no se ha acreditado en forma alguna que se conocieran entre sí, se pusieron de acuerdo para inventar un accidente, simular unas lesiones, acudir al hospital, y que las tratara un médico, que incluso les prescribe rehabilitación, con el coste correspondiente, todo ello para finalmente reclamar a la aseguradora unas indemnizaciones que oscilan sobre los 5.000 euros cada uno".

De esta manera, la sentencia señala que "los escasos daños" del referido coche "pudieran justificar que las lesiones fueran más leves, y que la reclamación por ellas sea desorbitada", si bien "resulta contrario a la experiencia y lógica que tantas personas se pongan de acuerdo para la realización de una estafa procesal, que precisa de tantos preparativos, acudir al hospital, algunos de ellos varias veces; después al médico, y a fisioterapia, con los gastos que conlleva, y finalmente encargar a un profesional, abogado, la presentación de las demandas".

Por todo ello, la Sección Primera ha absuelto a estas siete personas en contra del criterio de la Fiscalía, que solicitaba para cada uno de los acusados una pena de once meses y 15 días de prisión al considerarlos autores de un delito de estafa procesal.

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