Condenado a dos años de cárcel por recoger un envío postal con cocaína valorada en 12.200 euros

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un joven de 29 años que fue sorprendido en enero de 2013 cuando recogía en una oficina de Correos de Roquetas de Mar un envío postal procedente de Brasil que en su interior contenía cocaína valorada en más de 12.200 euros.

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un joven de 29 años que fue sorprendido en enero de 2013 cuando recogía en una oficina de Correos de Roquetas de Mar un envío postal procedente de Brasil que en su interior contenía cocaína valorada en más de 12.200 euros.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que tuvo acceso Europa Press, considera a B.D., de origen gambiano, autor de un delito contra la salud pública con sustancias que causan grave daño a la salud y le impone el pago de una multa equivalente al precio de la droga que se le intervino.

El acusado fue detenido el 4 de enero en el marco de una operación de entrega controlada organizada por la Guardia Civil. Acudió pasadas las 14,30 horas a la oficina de correos y solicitó un paquete procedente de Brasil, del que no era el destinatario y para el que presentó un pasaporte "falso" a nombre de un tercero.

El tribunal considera probado que era conocedor de que el envío contenía cocaína frente a lo sostenido por B.D., quien alegó que sólo actuó "para hacerle un favor a un conocido que se encontraba en la puerta" de la sucursal pero a quien los agentes no encontraron ya que "no había nadie en la calle".

Alude el fallo a la testifical de un guardia civil, quien relató que le vio "andar solo por toda la calle y entrar por la puerta de detrás ya que estaba cerrada la principal" y sostiene que que su versión resulta tanto "incoherente como inverosímil" en relación con las pruebas de cargo.

Remarca que era "conocedor" de que el paquete estaba destinado a una persona que no era él, que se presentó con una identidad mediante un pasaporte falso de un súbdito de Ghana por el que se hizo pasar y que, en el momento de recoger el paquete, "tenía en su poder no sólo el aviso de correos que se había dejado en la dirección que aparecía de Roquetas sino que el pasaporte a nombre de otro".

"No consta la existencia de esa persona que supuestamente le entregó el aviso a la puerta, en ningún caso iba acompañado y en todo momento exhibió un pasaporte que no era suyo", concluye el tribunal, que subraya que "resulta difícil pensar que una tercera persona, de existir, dejara al acusado una sustancia tan valiosa como la cocaína que contenía el paquete y cuya venta en el mercado ilícito ascendería a 12.242,08 euros sin control mediato o inmediato sobre el mismo".

La sala sí aprecia, pese a que no lo planteó la defensa al solicitar la libre absolución, que, frente a lo que sostuvo el fiscal, que interesó tres años y nueve meses de cárcel, que no consumó el delito y que este solo se le puede imputar en tentativa al no haber constancia de que existiese "una actividad concertada por parte del que envió la droga y del imputado, ni consta que fuese el destinatario". "Sólo es un intermediario", asegura.

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