El PP destaca que con la reforma se "compatibiliza la libertad de la mujer con el derecho a la vida"

El presidente provincial del PP de Jaén, José Enrique Fernández de Moya, afirma que la reforma de la ley del aborto, aprobada este viernes en el Consejo de Ministros "compatibiliza la libertad de la mujer con el derecho a la vida" y destaca que "por primera vez se despenaliza a la mujer en caso de interrupción del embarazo".

El presidente provincial del PP de Jaén, José Enrique Fernández de Moya, afirma que la reforma de la ley del aborto, aprobada este viernes en el Consejo de Ministros "compatibiliza la libertad de la mujer con el derecho a la vida" y destaca que "por primera vez se despenaliza a la mujer en caso de interrupción del embarazo".

En una nota, Fernández de Moya añade también que "el Gobierno cumple su compromiso electoral con una reforma que recupera la protección del derecho del no nacido y el de la mujer embarazada, según un principio básico del Tribunal Constitucional".

"El resultado es una norma que por vez primera libera a la mujer de la posibilidad de sufrir cualquier reproche penal. El PSOE nunca lo entendió así, pero el Gobierno entiende que el aborto es un drama en el que la mujer es víctima, no es culpable", recalca Fernández de Moya.

Por eso, asegura que "en ninguno de los supuestos en que esta conducta queda despenalizada existirá ningún tipo de reproche para la mujer. La mujer es siempre una víctima de una situación grave y dramática y los poderes públicos no pueden hacer que aumente el reproche —establecer penas—, que es lo que hacía la legislación anterior, tanto la de 2010 como la del año 85".

En este sentido, ha señalado que con esta reforma se modifica "una ley que el PSOE aprobó sin contar con los ciudadanos y en contra de la doctrina Constitucional, puesto que en 2010 Zapatero decidió modificar la ley de 1985 sin consenso".

El presidente del PP jiennense ha indicado que el nuevo texto normativo "simplifica los supuestos para la despenalización del aborto a dos, esto es, por grave peligro para la salud física o psíquica de la mujer y por resultado de una violación. Cualquier discapacidad del feto no supone una disminución de derecho de protección, a no ser que perjudique la salud psíquica de la mujer".

Según Fernández de Moya, la nueva ley "refuerza el asesoramiento, el apoyo y la información para garantizar un consentimiento verdaderamente libre e informado y en el caso de las menores de edad, la decisión de interrumpir el embarazo, deberá contar con el amparo de sus progenitores". Además, "aporta seguridad jurídica a los profesionales sanitarios, regula la objeción de conciencia y recoge condiciones concretas para llevar a cabo la interrupción del embarazo para proteger la salud de la mujer".

De entre las novedades que introduce la ley, el presidente provincial del PP ha destacado "que el aborto sea necesario porque el conflicto suscitado no pueda solucionarse desde el punto de vista médico o ninguna otra forma; que el grave peligro para la mujer suponga menoscabo no irreversible pero sí importante y duradero en su salud tanto física como física".

Otra novedad radica en que se acredite dicho conflicto de forma suficiente y con las debidas garantías con un informe motivado emitido por dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología que no trabajen en el mismo centro donde vaya a producirse ese aborto, salvo en el caso de peligro vital, que no será necesario el informe. Si el peligro para la salud psíquica de la madre tuviese su origen en el hecho de que el embrión parezca una anomalía fetal incompatible con la vida se precisará de un informe de un médico sobre la madre, sobre el riesgo del daño psíquico, más otro informe sobre el feto para que quede probado dicha anomalía".

Ha precisado que el cuarto requisito "tiene que ver con el plazo de las 22 primeras semanas de gestación. El aborto podrá realizarse después si las anomalías no se hubieran detectado antes con un diagnóstico certero o cuando exista riesgo vital para la mujer y no sea posible también la protección. Quitando estos dos casos y pasado este límite, lo adecuado será la práctica de un parto inducido, puesto que la OMS establece que a partir de ese momento la vida del concebido es susceptible de desarrollarse de forma independiente a la madre".

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