El empresario que disparó al promotor de Bezana Lago dice que quería "intimidarle" pero "jamás" dañarle

Peritos afirman que los disparos no iban a matar porque "para fallar" a la distancia que se hicieron "hay que dirigir el cañón a otro lado"
El empresario que disparó al promotor de Bezana Lago declara en el juicio
El empresario que disparó al promotor de Bezana Lago declara en el juicio
EUROPA PRESS
El empresario que disparó al promotor de Bezana Lago declara en el juicio

El empresario que disparó al promotor de Bezana Lago en abril de 2011 ha asegurado este miércoles en el juicio que sólo quería "intimidarle" para intentar que le pagase la deuda que mantenía con él y que "jamás" pensó en hacerle daño.

"Si hubiese querido matarle, lo habría hecho. Sólo quería meterle miedo. Lo hice mal, me arrepiento y le pido perdón", ha manifestado el acusado, F.B.P., en la vista celebrada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, en la que ha considerado que "fue un momento de acaloramiento" tras años reclamándole el pago de una deuda que asciende a más de 78.000 euros.

Además, este empresario ha indicado que "para nada" apuntó al promotor con la escopeta directamente sino que, en el momento de efectuar los disparos, giró el arma "para otro sitio" porque iba a "amenazarle e intimidarle" pero en ningún caso a hacerle daño, de hecho, ha insistido en que los perdigones "no le rozaron ni un pelo".

Sin embargo, el promotor, quien ha dicho que la deuda con F.B.P. es de la empresa Bezana Lago y no suya —ya que ha vendido en noviembre de 2012 su participación en la misma—, ha señalado que accedió a quedar con él el día de los hechos para tratar de acabar con la "extorsión continúa" a la que le tenía sometido y por la que hace tiempo le interpuso una querella de la que un juzgado absolvió al empresario.

Además, ha afirmado que F.B.P llegó a la entrada del centro de ocio de Bezana Lago cuando él ya le estaba esperando fuera, que el empresario le hizo un gesto para que se acercase al coche y al arrimarse "sacó la escopeta" y se la "puso en la cabeza" a "pocos centímetros". "No veía más que el cañón", ha apostillado.

En ese momento, ha relatado que el acusado le amenazó diciéndole "me caguen dios, me pagas en diez días o te mato" y después disparó. A este respecto, el promotor ha considerado que no le dio porque él "tiró para atrás".

Mientras el promotor, ha relatado, seguía reculando y se encontraba ya a 1,5 metros de distancia, F.B.P ejecutó el segundo disparó pero tampoco le dio algo, que el acusado ha insistido que, al igual que en el primer disparo, dirigió el arma hacia otro lado.

El promotor continúo andando hacía detrás y se resguardó en el lateral de una columna, a unos seis o siete metros, y el acusado disparó por tercera y última vez, también sin que los perdigones tocaran a la víctima.

A este respecto, F.B.P ha manifestado que él "estaba segurísimo de que no iba a hacerle nada (con los disparos) porque no quería hacerle daño", si bien, ha reconocido que actuó "mal".

Después, el empresario guardó el arma en el coche, recogió las vainas de los cartuchos del suelo y se dirigió de nuevo al promotor para decirle que, si le denunciaba, le mataba. "Se lo dije cuando acabó el lío", ha indicado el acusado.

Explicación "reveladora" de los peritos

Los peritos han hecho una explicación "reveladora", según ha manifestado el presidente de la sala, ya que han afirmado que los disparos no se efectuaron con intención de matar ya que "para fallar" a la distancia que se ejecutaron "hay que dirigir el cañón a otro lado".

Frente a la declaración del promotor que ha insistido en que evitó los disparos, los expertos en balística han manifestado que no conocen a "tan ágil" y con tal "velocidad de reacción" como para eludir unos proyectiles que, además de dispersarse cuando son detonados, llevan una velocidad de "380 metros por segundo".

"Estamos hablando de milésimas de segundo", ha añadido uno de los peritos, que ha apuntado que los disparos de los que ellos recogieron evidencias se efectuaron a una distancia no inferior a siete metros, espacio en el que, no obstante, con esa escopeta del calibre 12 —utilizada para la caza menor (conejos, liebres o perdices) se podría matar a una persona.

Por otro lado, los agentes de la Guardia Civil que actuaron en un primer momento han indicado que el acusado fue localizado telefónicamente pasada una hora de los hechos y que reconoció lo que había hecho y que ya se estaba dirigiendo al cuartel.

Su intención no era matar

Tanto el Ministerio Fiscal como la defensa han coincidido en considerar que las pruebas muestran un delito de amenazas pero en ningún caso de homicidio en grado de tentativa, como pide la acusación particular, ya que la "intención" de F.B.P. "no era matar" porque si ese hubiese sido "su ánimo", "lo habría hecho".

La fiscal ha opinado que el acusado reaccionó amenazando al promotor con la escopeta, además de por "animadversión" que tenía hacía él, porque "tenía la sensación de que continuamente le estaba engañando y evitando el pago de la deuda". Además, ha considerado que las amenazas verbales de matarle "parecen poco lógicas" ya que, de hacerlo, se quedaría sin llegar a su objetivo que es cobrar la deuda.

El Ministerio Público mantiene sus calificaciones de los hechos como un delito de amenazas condicionales por el que le pide a F.B.P dos años de prisión, así como el pago 4.950 euros al promotor por los 90 días que estuvo de baja laboral y 2.837 euros a la aseguradora Allianz por los daños materiales.

La defensa ha considerado que el juicio ha dejado "muy delimitado" lo sucedido y ha opinado que los tres delitos que le imputa la acusación particular (homicidio en grado de tentativa, delito de daños y otro delito de amenazas con una pena total de 8,5 años de prisión) resulta "difícilmente sostenible" cuando, en su opinión, ha quedado demostrado que su cliente sólo quería "amedrentar" al promotor.

Además, el abogado de F.B.P. ha calificado de "ciencia ficción" que el promotor insista en que "esquivó los disparos", cuando los peritos han asegurado que eso es "imposible". "Mi cliente hizo los disparos consciente de que apartaba el arma para no hacerle daño pero sí para amenazarle", ha añadido.

La defensa se ha adherido a las calificaciones del Ministerio Fiscal, aunque ha considerado que la pena por el delito de amenazas debería aplicarse en su grado inferior, es decir seis meses en lugar de dos años, y que la indemnización sea la de responsabilidad civil y no la que solicita la acusación de 25.000 euros por daños morales ya que éstos no se han acreditado en el juicio.

Disparar a "bocajarro" no es amenazar

Por su parte, la acusación particular ha mantenido sus calificaciones en los tres delitos porque considera que disparar "a bocajarro" no es amenazar y que la acción llevada a cabo por F.B.P. implica la "posibilidad" de que los perdigones hubiesen impactado en el promotor.

También ha señalado que el delito de daños no sólo se refiere al promotor sino también a todas las personas que podía haber en aquel momento en el centro de ocio Bezana Lago a quienes el acusado puso "en peligro sus vidas".

Además, ha defendido la petición de una indemnización de 25.000 euros para el promotor porque, según ha dicho, éste ha sufrido estrés postraumático debido al "miedo" con el que ha vivido desde lo sucedido, ya que F.B.P. "vive a 150 metros de su casa", lo que el acusado ha negado y ha asegurado que, desde que sucedieron los hechos, vive en Santander y cumple una orden de alejamiento de 300 metros.

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