El IbSalut derivará alrededor de 26.000 pacientes anuales al Hospital de la Cruz Roja

El IbSalut derivará alrededor de 26.000 pacientes anuales al Hospital de la Cruz Roja, después de que este lunes ambas entidades hayan firmado el convenio singular para integrar este centro en la red hospitalaria pública de Baleares.
Firma convenio Cruz Roja-Sansaloni
Firma convenio Cruz Roja-Sansaloni
CAIB
Firma convenio Cruz Roja-Sansaloni

El IbSalut derivará alrededor de 26.000 pacientes anuales al Hospital de la Cruz Roja, después de que este lunes ambas entidades hayan firmado el convenio singular para integrar este centro en la red hospitalaria pública de Baleares.

Concretamente, la actividad asistencial que el IbSalut derivará anualmente a Cruz Roja consistirá en intervenciones quirúrgicas -de cirugía mayor y menor ambulatoria-, consultas externas, pruebas diagnósticas y estancias hospitalarias.

El conseller de Salud, Martí Sansaloni, y el presidente autonómico de Cruz Roja en Baleares, Miquel Alenyà, han presentado el contenido del acuerdo, que tendrá una vigencia de cinco años, prorrogable a diez, y que está dotado con 3,59 millones de euros anuales.

El acuerdo permitirá ampliar los servicios sanitarios públicos y ponerlos a disposición de la ciudadanía de las islas, en las mismas condiciones y con los mismos estándares de calidad asistenciales aplicados en la sanidad pública.

De acuerdo con el objeto del convenio, los hospitales del IbSalut derivarán unos 26.000 pacientes anuales. Concretamente, se harán 2.031 intervenciones quirúrgicas de cirugía menor y mayor ambulatoria de las especialidades de cirugía general, cirugía maxilofacial, traumatología y urología; 11.323 consultas externas -entre primeras y sucesivas- de digestivo y traumatología; 12.077 pruebas diagnósticas (endoscopias y ecografías) y 6.199 estancias hospitalarias (aproximadamente 250 pacientes, ya que la estancia media es de 25 días por persona).

Las demoras no superarán los 90

Días en procedimientos quirúrgicos

Las demoras para aplicar los procedimientos quirúrgicos no deben superar los 90 días a contar desde la fecha de la derivación ni los 45 para las primeras consultas externas.

Con la suscripción de este convenio y la integración del Hospital de Cruz Roja en la red hospitalaria pública, el régimen del centro pasa a ser esencialmente público (régimen de organización y funcionamiento) con la excepción de la titularidad, que seguirá siendo privada, y del régimen de personal, que se regirá por el derecho laboral privado. Esta integración garantiza que la atención recibida por los pacientes se prestará en las mismas condiciones y con los mismos estándares de calidad asistencial aplicados en la sanidad pública.

El centro hospitalario tendrá que adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios y de los trabajadores, además de la calidad de los servicios prestados. El IbSalut puede llevar a cabo cuantas inspecciones y auditorías considere necesarias para verificar que se garantiza la calidad del proceso asistencial.

Comisión mixta de seguimiento

En este sentido, se creará una comisión mixta de seguimiento y evaluación, que se reunirá con una periodicidad semestral y analizará la evolución de la actividad asistencial y de los aspectos económico-financieros objeto del convenio. En caso de que fuera necesario y siempre que esté justificado, el convenio se podría modificar por razones de interés público y para atender causas imprevistas.

Por otra parte, el Hospital queda sujeto al régimen de control financiero y al plan anual de auditoría, así como a la obligación de cumplir los requerimientos de información y las acciones de comprobación que la Intervención General y la Sindicatura de Cuentas de Baleares consideren pertinentes.

Además, la historia clínica y la información de carácter personal de los usuarios serán confidenciales y se regularán según la legislación relativa a la protección de datos. De hecho, el convenio establece las garantías necesarias para impedir la comunicación, la divulgación o el tratamiento de datos relativos a la salud fuera de las garantías previstas por la normativa.

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