El Juzgado de lo Social reafirma la vigencia del convenio de hostelería de Cantabria por "prórroga tácita"

Estimada una demanda de UGT que anula la decisión de una empresa, propiedad de Miguel Mirones, de no aplicar el acuerdo colectivo
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CARLA BONNET/EUROPA PRESS
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El Juzgado de lo Social 4 de Santander ha dictado una sentencia en la que anula la decisión de la empresa Balnearios y Hoteles de Cantabria de desvincularse del convenio colectivo regional de Hostelería porque considera que "éste se encuentra en vigor por prórroga táctica" y "se viene aplicando prorrogado por tácita reconducción desde el año 2010", tal y como estipula el propio acuerdo en su artículo 4, pese a que formalmente su duración expiró el pasado 7 de julio.

La sentencia, que estima una demanda de la federación de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de UGT, anula en concreto la modificación sustancial de las condiciones de trabajo adoptada unilateralmente por la empresa, propiedad del expresidente de CEOE-Cepyme y de la Asociación de Hostelería, Miguel Mirones, tras decidir éste desvincularse del convenio colectivo de Hostelería de Cantabria para aplicar el estatal en virtud de la vigente reforma laboral.

El propio fallo judicial matiza que "la empresa decide unilateralmente apartarse del convenio de Hostelería de Cantabria y pasar a aplicar el de ámbito estatal e incluso pretende crear por su cuenta y riesgo un nuevo convenio con efectos desde el 8 de julio de 2013", lo que considera "una actuación empresarial contraria a derecho" y que "contraviene la legalidad" porque en todo caso "la decisión de inaplicar el convenio debió de haberse consensuado con los representantes de los trabajadores".

La sentencia, rubricada por el magistrado José Félix Lajo González, reitera que el propio convenio colectivo de Hostelería de Cantabria "establece de manera nítida que el convenio colectivo queda prorrogado por tácita reconducción hasta que entre en vigor un nuevo convenio".

Por ello, el Juzgado de lo Social sentencia que "no resulta aplicable el convenio colectivo de ámbito superior en los términos contemplados por el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores en su nueva redacción tras la reforma operada por la Ley 3/2012", en referencia a la vigente reforma laboral.

Es más, la sentencia precisa que "los problemas prácticos que genera el carácter dispositivo de la ultraactividad de los convenios colectivos es algo que atañe al legislador y no a los juzgados y los tribunales".

Por un nuevo convenio "beneficioso para todos"

Por su parte, la Federación de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de UGT ha emitido un comunicado en el que se congratula de la sentencia del Juzgado de lo Social, que "solo viene a confirmar lo que estipula el propio convenio colectivo, que mientras no se actualice con uno nuevo queda automáticamente prorrogado el último firmado, guste o no a algunos empresarios".

El sindicato apela al "sentido común" de la patronal regional de hostelería para negociar y suscribir "de una vez por todas" un nuevo convenio colectivo "beneficioso para ambas partes y para miles de trabajadores de Cantabria que no se merecen sufrir la incertidumbre actual y unas condiciones salariales y de trabajo mucho más precarias por la picaresca del empresario y una reforma laboral que no puede echar por tierra décadas de negociación colectiva y derechos laborales básicos y elementales".

En este sentido, la federación de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de UGT, mayoritaria en sus sectores en Cantabria, aclara su deseo de "no judicializar las relaciones laborales" porque "siempre será mejor para todos consensuar un marco legal adecuado para el sector como es el convenio colectivo de hostelería".

De todos modos, UGT advierte que "si la patronal insiste en no llegar a un acuerdo sobre un nuevo convenio colectivo, nuestra obligación es y será defender los intereses de los trabajadores, aunque sea en los tribunales de justicia".

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