Cirujanos condenados por la muerte de la niña con apendicitis presentan recursos ante la Audiencia

El cirujano y la pediatra del Hospital Juan Ramón Jiménez, que fueron condenados el pasado mes de julio por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva a un año y medio de prisión y a tres años de inhabilitación, así como al pago conjunta y solidariamente de 200.000 como responsabilidad civil, por un delito de homicidio por imprudencia, tras la muerte de Chantal.L.M., la niña de ocho años de edad que ingresó en el citado hospital el 24 de diciembre de 2005 aquejada de una apendicitis y que falleció tres días después a causa de una mortal infección, han interpuesto un recurso ante la Audiencia por "discrepancias" con la sentencia.

El cirujano y la pediatra del Hospital Juan Ramón Jiménez, que fueron condenados el pasado mes de julio por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva a un año y medio de prisión y a tres años de inhabilitación, así como al pago conjunta y solidariamente de 200.000 como responsabilidad civil, por un delito de homicidio por imprudencia, tras la muerte de Chantal.L.M., la niña de ocho años de edad que ingresó en el citado hospital el 24 de diciembre de 2005 aquejada de una apendicitis y que falleció tres días después a causa de una mortal infección, han interpuesto un recurso ante la Audiencia por "discrepancias" con la sentencia.

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, también han interpuesto sus respectivos recursos la entidad aseguradora y el Servicio Andaluz de Salud (SAS) tras declarar el juez en la sentencia la responsabilidad civil directa de la entidad y subsidiaria del SAS.

Cabe recordar que el juzgado absolvió a otro cirujano, concretamente el que llevó a cabo la operación, mientras que condenó a otro facultativo, que revisó a la menor al día siguiente de la intervención y a la pediatra, a la que éste solicitó opinión sobre el estado de la niña, que son los que ahora han presentado un recurso ante la Audiencia.

El juez condenó a estos facultativos al entender que "se realizó un diagnóstico a la ligera por negligencia en no haberse rodeado de todos los informes necesarios y haber recurrido a los procedimientos de control y de investigación exigidos por la ciencia", limitándose a "sospechar una supuesta y extraña gastroenteritis sin practicar pruebas complementarias y sin instaurar tratamiento antibiótico alguno".

Consideró que ambos médicos "no sólo no detectaron la grave patología que padecía la menor, sino que omitieron cualquier comportamiento encaminado a la búsqueda del diagnóstico correcto, limitándose ambos a mantener las pautas dirigidas exclusivamente a erradicar el dolor abdominal y el estado febril y estas conductas resultan encuadradas en el homicidio cometido por imprudencia".

"Efectivamente no hubo fracaso en el diagnóstico, sino un error grave e inexcusable en el mismo y lo hubo porque ambos hicieron un diagnóstico a la ligera", indicó el magistrado, que consideró probado que la menor ingresó en el Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva el 24 de diciembre de 2005 con un fuerte dolor abdominal y horas después el cirujano absuelto, que se encontraba de guardia en la Unidad de Cirugía, diagnosticó que la menor sufría una apendicitis aguda, recomendando la realización de una apendicectomía, recomendación que fue aceptada por la madre de la menor, Elena Masera.

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