Aprobado el decreto regulador del personal docente e investigador contratado por las universidades públicas

El Consejo de Gobierno de la Junta, en su reunión de este jueves, ha aprobado el decreto que desarrolla la regulación del personal docente e investigador contratado por las universidades públicas de Castilla y León.

El Consejo de Gobierno de la Junta, en su reunión de este jueves, ha aprobado el decreto que desarrolla la regulación del personal docente e investigador contratado por las universidades públicas de Castilla y León.

El texto establece que las universidades puedan contratar a través de las modalidades de contratación laboral específicas del ámbito universitario o mediante las modalidades previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

Este proyecto de decreto pretende adaptar la normativa autonómica en la materia a la normativa básica vigente (Ley Orgánica de Universidades) para garantizar la cohesión del sistema universitario de Castilla y León y permitir a las universidades diseñar sus políticas docentes y de personal, según informaron fuentes de la Administración regional.

Sustituye al vigente desde 2002

El decreto, que viene a derogar el vigente del año 2002, establece que las universidades podrán contratar personal docente e investigador en régimen laboral a través de las modalidades de contratación laboral específicas del ámbito universitario que se regulan en esta normativa, tales como las figuras de ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor, profesor asociado y profesor visitante. En este sentido, las universidades también podrán nombrar profesores eméritos.

El texto determina que las universidades puedan contratar mediante las modalidades previstas en el Estatuto de los Trabajadores para la sustitución de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, y personal investigador, técnico u otro personal, a través del contrato de trabajo por obra o servicio determinado, para el desarrollo de proyectos de investigación científica o técnica.

Por su parte, los profesores asociados sanitarios se regirán por las normas propias de los profesores asociados de la universidad con las peculiaridades que reglamentariamente se establezcan en cuanto a la duración de sus contratos.

El decreto concreta que corresponde a la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o cualquier otro órgano público de evaluación de las leyes de otras comunidades autónomas, determinar la evaluación y acreditación de la actividad docente e investigadora.

El proyecto de decreto consta de una parte expositiva, 14 artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

Tanto a la Comisión Académica del Consejo de Universidades como a su Pleno se les facilitó el proyecto para su conocimiento en los meses de abril y mayo, respectivamente. El texto ha sido proporcionado a los ciudadanos interesados en el canal de participación 'Gobierno Abierto' donde ha permanecido publicado en la página web de la Junta de Castilla y León, sin que se haya recibido observaciones al mismo.

La entrada en vigor del decreto se producirá el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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