Juzgan este martes a dos arquitectos por construcción ilegal en Aracena y el fiscal pide dos años

El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva juzga este martes a partir de las 12,00 horas a dos personas arquitectos de profesión que, en calidad de promotor y de proyectista director-ejecutor, han llevado a cabo la construcción de una vivienda de 130 metros cuadrados y de una caseta de 15 para instalaciones fotovoltaicas en la finca 'Boca de Oro', situada en suelo no urbanizable de especial protección por estar enclavada dentro del 'Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche'.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva juzga este martes a partir de las 12,00 horas a dos personas arquitectos de profesión que, en calidad de promotor y de proyectista director-ejecutor, han llevado a cabo la construcción de una vivienda de 130 metros cuadrados y de una caseta de 15 para instalaciones fotovoltaicas en la finca 'Boca de Oro', situada en suelo no urbanizable de especial protección por estar enclavada dentro del 'Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche'.

Según reza en el escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Fiscal solicita dos años de prisión por un delito contra la ordenación del territorio, una multa de veinte meses con una cuota diaria de diez euros, así como la inhabilitación especial por dos años para oficio de promotor y para ejercer de proyectista.

De igual modo, el fiscal solicita la demolición de las construcciones reseñadas en la conclusión primera a cargo de los acusados y previa elaboración, por ellos, de un proyecto técnico que con el visto bueno de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de Aracena, que garantice la restauración total del espacio natural afectado y la restauración de la legalidad urbanística.

Los hechos se remontan al año 2006, cuando uno de los acusados solicitó una licencia municipal para rehabilitar una casa-monte preexistente de 130 metros cuadrados y 4,21 metros de altura en una planta y también una autorización de la Dirección del Parque Natural, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para la construcción de edificación en esos términos manteniendo en todo caso la ubicación original y sin que se solicitase ningún tipo de autorización para la caseta auxiliar. Unos permisos que ambas administraciones concedieron.

El fiscal considera que las obras, terminadas en marzo de 2009 a través del proyecto realizado y ejecutado bajo la dirección del otro acusado y que conocía sobradamente la protección del suelo y el condicionado de las licencias, no han respetado las autorizaciones concedidas, de tal forma que en realidad se ha construido, fuera de la ubicación original de los restos a rehabilitar, una vivienda unifamiliar de 130 metros cuadrados con entreplanta de 15, que no constaba en el proyecto y unos cinco metros de altura con el fin de segunda residencia, incompatible con la legislación protectora del parque.

Unos meses más tarde se presentó el proyecto de legalización de las construcciones que fue admitida por el Ayuntamiento sólo con las obras interiores de la casa-monte sin que pueda legalizarse la caseta de aperos por la necesidad de justificar su vinculación con los recursos de la finca.

Para la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, se trata de una vivienda que no respeta la ubicación original de los restos rehabilitados y en una finca que por su extensión no reúne la superficie mínima para vincularla con una explotación agrícola-ganadera y que sólo sería legalizable si se hiciese de nuevo cambiando su morfología y destino.

Los servicios técnicos y el arquitecto municipal dictaminaron en julio de 2011 que la caseta es ilegalizable e igualmente la casa principal tal y como se ha ejecutado, por su destino como segunda vivienda y por su falta de vinculación con explotación agrícola, que no existe en la finca.

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