Embargan a un banco por no devolver 15.345 euros a una vecina de Alcaudete por la nulidad de un 'swap'

El Juzgado de Primera Instancia número dos de Jaén ha decretado un embargo de bienes del Banco Santander al no haber devuelto a una vecina de Alcaudete (Jaén), según le obliga una resolución judicial, un total de 15.345,44 euros que ésta reclamaba tras haber suscrito un contrato de permuta de tipos de interés --conocido como 'swap'-- "sin haber sido informada suficientemente de los riesgos" que conllevaba dicho producto.

El Juzgado de Primera Instancia número dos de Jaén ha decretado un embargo de bienes del Banco Santander al no haber devuelto a una vecina de Alcaudete (Jaén), según le obliga una resolución judicial, un total de 15.345,44 euros que ésta reclamaba tras haber suscrito un contrato de permuta de tipos de interés —conocido como 'swap'— "sin haber sido informada suficientemente de los riesgos" que conllevaba dicho producto.

En concreto, según ha informado a Europa Press el abogado jiennense Andrés Almagro, los hechos que han originado este embargo se remontan al pasado año 2011, cuando la referida vecina de Alcaudete demandó por vía judicial a Banesto —entidad actualmente absorbida por Santander— para lograr la anulación de dicho contrato de 'swap'.

El juzgado al que llegó esa demanda, según ha concretado el letrado, la admitió a trámite por "entender que el banco no había informado suficientemente al cliente de los riesgos del citado producto, condenándole a devolverle el dinero".

Ahora, el Juzgado de Primera Instancia número dos, a través de un auto con fecha del pasado 26 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, y tras constatar que "se cumplen todos los requisitos y presupuestos exigidos para el despacho de ejecución", ha solicitado que se ejecute el pago de 15.345,44 euros más unos intereses de 4.600 euros a través de una resolución "firme" contra la que "no cabe recurso alguno", aunque los demandados sí "pueden oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de diez días".

Con el mismo fin, ha decretado que "se proceda al embargo de los bienes" del Banco Santander "en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta". Contra este decreto se puede interponer un recurso de reposición por escrito en un plazo de tiempo de "cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación".

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