TSJCV ratifica la anulación de la sanción al director del IES donde se colgó una foto boca abajo de Font de Mora

La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ratificado la anulación de la sanción impuesta al director del IES Las Norias de Monforte del Cid (Alicante) por la colocación en el centro educativo de una fotografía boca abajo del exconseller de Educación Alejandro Font de Mora durante la movilización por la obligatoriedad de impartir Educación para la Ciudadanía (EpC) en inglés. El tribunal rechaza de este modo la apelación de la Generalitat y considera que ésta vulneró el derecho constitucional a la libertad de expresión" del responsable del instituto, José Luis Santiago La administración valenciana apeló contra la sentencia dictada por un juzgado de Alicante que estimó el recurso interpuesto contra la medida disciplinaria de la Conselleria de Educación y, por tanto, anuló la sanción que se le había impuesto al director y, además, condenó al Consell a indemnizar al recurrente en los daños y perjuicios causados por la suspensión de empleo y sueldo durante 20 días.

La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ratificado la anulación de la sanción impuesta al director del IES Las Norias de Monforte del Cid (Alicante) por la colocación en el centro educativo de una fotografía boca abajo del exconseller de Educación Alejandro Font de Mora durante la movilización por la obligatoriedad de impartir Educación para la Ciudadanía (EpC) en inglés. El tribunal rechaza de este modo la apelación de la Generalitat y considera que ésta vulneró el derecho constitucional a la libertad de expresión" del responsable del instituto, José Luis Santiago

La administración valenciana apeló contra la sentencia dictada por un juzgado de Alicante que estimó el recurso interpuesto contra la medida disciplinaria de la Conselleria de Educación y, por tanto, anuló la sanción que se le había impuesto al director y, además, condenó al Consell a indemnizar al recurrente en los daños y perjuicios causados por la suspensión de empleo y sueldo durante 20 días.

Los hechos se remontan al año 2008, cuando se colgó en el IES Las Norias una imagen boca abajo del entonces conseller de Educación Alejandro Font de Mora —al igual que el cuadro de Felipe V en el Museo de l'Almodí de Xàtiva- con su nombre y la expresión 'unwelcome person' (persona non grata) en protesta por su política educativa y, en especial, por la obligatoriedad de impartir la asignatura de EpC en lengua inglesa.

La Generalitat alegó en su recurso que este acto afectó al derecho al honor de Font de Mora y recordó, además, la condición del director del instituto de funcionario docente.

No obstante, tras estudiar el caso, el tribunal considera ahora que la colocación de la fotografía responde a "la mera exteriorización de una radical discrepancia frente a determinadas actuaciones adoptadas por la administración pública valenciana en materia educativa".

"Y la protesta y discrepancia se plasma a través de un acto que, como señala la propia Generalitat en su recurso de apelación, tiene precedentes en nuestra Comunidad", razona la sentencia, que agrega que "se trata exclusivamente de valorar dicha actuación puntual".

"entorno de politización"

En la misma línea, la sentencia apunta que "el resto de alegaciones vertidas en la apelación no tiene otro objetivo que revestir de un entorno de politización dicho proceder, descalificando la actuación del director incluso con base en declaraciones de la AMPA vertidas en un medio de difusión de 20/junio/2010, cuando los hechos aquí analizados concluyen en marzo/2009, por lo que no procede siquiera su toma en consideración".

"Y desde la perspectiva que proporciona el análisis individualizado de la actuación del recurrente, bajo la premisa de la doctrina jurisprudencial reseñada, debe concluirse que se encontraba plenamente amparada en el legítimo ejercicio de su libertad de expresión frente al cargo público al que se consideraba responsable directo de la situación, por lo que la respuesta disciplinaria adoptada por la administración vulneró su derecho constitucional a la libertad de expresión", concluye.

La resolución judicial incluye un voto particular del magistrado que, en un principio iba a ser el ponente y que fue sustituido por este desacuerdo con al posición mayoritaria de la sala por otro juez, por entender que el director incurrió en "una extralimitación en el ejercicio de la libertad de expresión".

Tras conocer la sentencia, la Federación de Trabajadores de la Enseñanza de la UGT del País Valenciano (

Fete ugt pv) se ha felicitado la asignatura de Educación para la Ciudadanía en inglés y ha subrayado que "éste ha sido un procedimiento judicial dirigido por el sindicato en defensa de la libertad de expresión y derecho a la crítica de un docente contra la política educativa del Consell". Por ello, el fallo "refuerza esta libertad y derecho de todo el profesorado valenciano frente a una administración prepotente, que no dialoga e impone sus medidas, sean éstas meras ocurrencias o excentricidades, o se trate de duros ajustes y recortes educativos".

"el peor conseller de la historia"

UGT lamenta que esta resolución se haya retrasado en el tiempo y que la Conselleria de Educación "emplee los recursos económicos de que dispone, procedentes de los impuestos de los ciudadanos, en defender las excentricidades y ocurrencias del peor conseller de Educación que ha tenido la Generalitat Valenciana en su historia, en lugar de dedicarlos a cubrir las necesidades que presenta el sistema educativo valenciano: recorte de plantillas, recorte del bono infantil, recorte de becas de libros, comedor y transporte, retraso e impago de los gastos de funcionamiento de los centros educativos, paralización de las construcciones escolares públicas".

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